CONSIDERACIONES ESPECIALES – AUDITORÍAS DE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE CONFORMIDAD CON UN MARCO DE INFORMACIÓN CON FINES ESPECÍFICOS
NIA 800: CONSIDERACIONES ESPECIALES – AUDITORÍAS DE
ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE CONFORMIDAD
CON UN MARCO DE INFORMACIÓNCON FINES ESPECÍFICOS
Introducción
La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 800,
“Consideraciones especiales-Auditorías de estados financieros preparados de
conformidad con un marco de información con fines específicos", debe
interpretarse conjuntamente con la NIA 200, “Objetivos globales del auditor
independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales
de Auditoría.”
1.
Alcance de esta NIA:
Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) de la
serie 100-700 son de aplicación a la auditoría de estados financieros. La
presente NIA trata de las consideraciones especiales para la aplicación de
dichas NIA a una auditoría de estados financieros preparados de conformidad con
un marco de información con fines específicos.
La presente NIA está redactada en el contexto de un
conjunto completo de estados financieros preparados de conformidad con un marco
de información con fines específicos.
La NIA 805 trata de las consideraciones especiales
aplicables en una auditoría de un solo estado financiero o de un elemento,
cuenta o partida específicos de un estado financiero. Esta NIA no invalida los
requerimientos de las demás NIA, ni pretende tratar todas las consideraciones
especiales que puedan ser aplicables en las circunstancias del encargo.
4. Fecha de entrada en vigor
Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados
financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre
de
2009.
5. Objetivo
El objetivo del auditor, al aplicar las NIA en una
auditoría de estados financieros preparados de conformidad con un marco de
información con fines específicos, es tratar de manera adecuada las
consideraciones especiales que son aplicables con respecto a:
(a) la aceptación del
encargo;
(b) la planificación y la
realización de dicho encargo; y
(c) la formación de una
opinión y el informe sobre los estados financieros.
6. Definiciones
A efectos de las NIA, los siguientes términos
tienen los significados que figuran a continuación:
(a)
Estados financieros con fines específicos: estados financieros preparados de
conformidad con un marco de información con fines específicos. (Ref: Apartado
A4)
(b) Marco de
información con fines específicos: un marco de información financiera diseñado
para satisfacer las necesidades de información financiera de usuarios
específicos. El marco de información financiera puede ser un marco de imagen fiel
o un marco de cumplimiento. (Ref: Apartado A1-A4)
Requerimientos
Consideraciones para la aceptación del encargo
Aceptabilidad del marco de información financiera
La NIA 210 requiere que el auditor determine la
aceptabilidad del marco de información financiera aplicado para la preparación
de los estados financieros. En una auditoría de estados financieros con fines
específicos, el auditor obtendrá conocimiento de: (Ref: Apartados A5-A8)
(a) la finalidad para
la cual se han preparado los estados financieros;
(b) los usuarios a quienes se
destina el informe; y
(c) las medidas tomadas por
la dirección para determinar que el marco de información financiera aplicable es
aceptable en las circunstancias.
8. Consideraciones para la planificación y
realización de la auditoría
La NIA 200 requiere que el auditor cumpla todas las
NIA aplicables a la auditoría. En la planificación y en la realización de una
auditoría de estados financieros con fines específicos, el auditor determinará
si la aplicación de las NIA requiere consideraciones especiales teniendo en
cuenta las circunstancias del encargo. (Ref: Apartados A9-A12)
La NIA 315 requiere que el auditor obtenga
conocimiento de la selección y de la aplicación de las políticas contables, por
parte de la entidad. En el caso de unos estados financieros preparados en
cumplimiento de las disposiciones de un contrato, el auditor obtendrá conocimiento
de cualquier interpretación significativa del contrato que haya realizado la
dirección para la preparación de dichos estados financieros. Una interpretación
es significativa cuando la adopción de otra interpretación razonable hubiera
producido una diferencia material en la información presentada en los estados
financieros.
9. Consideraciones relativas a la formación de la
opinión y al informe
Para formarse una opinión y emitir el informe de
auditoría sobre unos estados financieros con fines específicos, el auditor
aplicará los requerimientos de la NIA 700 (Ref: Apartado A13)
12. Descripción del marco de información financiera
aplicable.
La NIA 700 requiere que el auditor evalúe si los
estados financieros describen o hacen referencia adecuadamente al marco de
información financiera aplicable. En el caso de estados financieros preparados
de conformidad con las disposiciones de un contrato, el auditor evaluará si los
estados financieros describen adecuadamente cualquier interpretación
significativa del contrato sobre el que se basan los estados financieros.
La NIA 700 trata de la estructura y el contenido
del informe de auditoría. En el caso de un informe de auditoría sobre unos
estados financieros con fines específicos:
(a) el informe de
auditoría describirá también la finalidad para la cual se han preparado los
estados financieros y, en caso necesario, los usuarios a quienes se destina el
informe, o se referirá a la nota explicativa de los estados financieros con
fines específicos que contenga dicha información; y
(b) si la dirección
puede elegir entre distintos marcos de información financiera para la
preparación de dichos estados financieros, la explicación de la responsabilidad
de la dirección en relación con los estados financieros también hará referencia
a que es responsable de determinar que el marco de información financiera
aplicable es aceptable en las circunstancias.
14. Advertencia a los lectores de que los estados
financieros han sido preparados de conformidad con un marco de información con
fines específicos.
El informe de auditoría sobre unos estados
financieros con fines específicos incluirá un párrafo de énfasis para advertir
a los usuarios del informe de auditoría de que los estados financieros se han
preparado de conformidad con un marco de información con fines específicos y de
que, en consecuencia, pueden no ser adecuados para otros fines. El auditor
incluirá dicho párrafo con un título adecuado. (Ref: Apartados A14-A15)
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas
A1. Definición de marco de información con fines
específicos (Ref: Apartado 6)
Los siguientes son ejemplos de marcos de
información con fines específicos:
•
contabilización con criterios fiscales para un conjunto de estados financieros
que acompañan a una declaración de impuestos de la entidad;
• contabilización con
criterio de caja de la información sobre flujos de efectivo que tenga que
preparar una entidad para sus acreedores;
• las disposiciones
sobre información financiera establecidas por un regulador con el fin de
cumplir los requerimientos de dicho regulador; o
• las
disposiciones sobre información financiera de un contrato, tal como una emisión
de obligaciones, un contrato de préstamo o una subvención.
Puede haber circunstancias en las que un marco de
información con fines específicos se base en un marco de información financiera
establecido por un organismo emisor de normas autorizado o reconocido, o por
las disposiciones legales y reglamentarias, pero que no cumpla todos los
requerimientos de dicho marco. Un ejemplo es un contrato que requiera que los
estados financieros se preparen de conformidad con la mayoría, pero no con
todas, las normas de información financiera de la jurisdicción X.
Cuando esto es aceptable a efectos del encargo, no
es adecuado que la descripción del marco de información financiera aplicable en
los estados financieros con fines específicos dé a entender que se cumple
plenamente el marco de información financiera establecido por las disposiciones
legales o reglamentarias o por el organismo emisor de normas autorizado o
reconocido.
En el ejemplo anterior relativo al contrato, la
descripción del marco de información financiera aplicable puede hacer
referencia a las disposiciones sobre información financiera del contrato, en
vez de hacer cualquier referencia a las normas de información financiera de la
jurisdicción X.
En las circunstancias descritas en el apartado A2,
es posible que el marco de información con fines específicos pueda no ser un
marco de imagen fiel, aunque el marco de información financiera sobre el que se
base sí lo sea. Esto se debe a que el marco de información con fines
específicos puede no cumplir todos los requerimientos del marco de información
financiera establecido por el organismo emisor de normas autorizado o
reconocido, o por las disposiciones legales o reglamentarias, que sean
necesarios para que los estados financieros se presenten fielmente.
Los estados financieros preparados de conformidad
con un marco de información con fines específicos pueden ser los únicos estados
financieros que prepara una entidad. En estas circunstancias, dichos estados
financieros pueden ser utilizados por usuarios distintos de aquéllos para los
que se diseñó el marco de información financiera.
A pesar de la amplia distribución de los estados
financieros en dichas circunstancias, éstos se consideran estados financieros
con fines específicos a efectos de las NIA. Los requerimientos de los apartados
13-14 tienen como finalidad evitar malentendidos con respecto a la finalidad
para la que se han preparado los estados financieros.
- Consideraciones
para la aceptación del encargo
A5. Aceptabilidad del marco de información
financiera (Ref: Apartado 8)
En el caso de estados financieros con fines
específicos, las necesidades de información financiera de los usuarios a
quienes se destina el informe son un factor clave para determinar la
aceptabilidad del marco de información financiera aplicado en la preparación de
los estados financieros.
El marco de información financiera aplicable puede
abarcar las normas de información financiera establecidas por un organismo
emisor de normas autorizado o reconocido para promulgar normas sobre estados
financieros con fines específicos. En este caso, se presumirá que estas normas
son aceptables para dicha finalidad si el organismo sigue un proceso
establecido y transparente, en el que haya una deliberación y en el que se
tengan en cuenta los puntos de vista de interesados relevantes.
En algunas jurisdicciones, las disposiciones
legales o reglamentarias pueden prescribir el marco de información financiera
que debe utilizar la dirección para la preparación de estados financieros con
fines específicos de un determinado tipo de entidad. Por ejemplo, un regulador
puede establecer disposiciones de información financiera para cumplir los
requerimientos de dicho regulador. Salvo indicación en contrario, se presume
que dicho marco de información financiera es aceptable para los estados
financieros con fines específicos preparados por dichas entidades.
Cuando las normas de información financiera
mencionadas en el apartado A6 son complementadas por requerimientos legales o
reglamentarios, la NIA 210 requiere que el auditor determine si existen
conflictos entre las normas de información financiera y los requerimientos
adicionales, y prescribe las medidas que debe tomar el auditor en el caso de
que existan dichos conflictos.
El marco de información financiera aplicable puede
abarcar las disposiciones sobre información financiera de un contrato, o
fuentes distintas de las descritas en los apartados A6 y A7. En este caso, para
determinar la aceptabilidad del marco de información financiera en las
circunstancias del encargo, es necesario considerar si el marco presenta los
atributos que muestran habitualmente los marcos de información financiera
aceptables tal como se describen en el Anexo 2 de la NIA 210.
En el caso de un marco de información con fines
específicos, la importancia relativa para un determinado encargo de cada uno de
los atributos de los que disponen normalmente los marcos de información
financiera aplicables es una cuestión de juicio profesional.
Por ejemplo, el vendedor y el comprador pueden
haber acordado que para sus necesidades son adecuadas unas estimaciones muy
prudentes de las correcciones valorativas de cuentas incobrables, con la
finalidad de establecer el valor del patrimonio neto de una entidad en la fecha
de su venta, aunque dicha información financiera no sea neutral cuando se
compara con información financiera preparada de conformidad con un marco de
información con fines generales.
A9. Consideraciones para la planificación y
realización de la auditoría (Ref: Apartado 9)
La NIA 200 requiere que el auditor cumpla (a) los
requerimientos de ética aplicables, incluidos los relativos a la independencia,
en relación con los encargos de auditoría de estados financieros y (b) todas
las NIA aplicables a la auditoría.
También exige que el auditor cumpla cada uno de los
requerimientos de una NIA salvo que, en las circunstancias de la auditoría, no
sea aplicable la totalidad de la NIA o el requerimiento no sea aplicable porque
incluya una condición y la condición no concurra. En circunstancias
excepcionales, el auditor puede considerar necesario no cumplir un
requerimiento aplicable de una NIA mediante la aplicación de procedimientos de
auditoría alternativos para alcanzar el objetivo de dicho requerimiento.
La aplicación de algunos de los requerimientos de
las NIA en una auditoría de estados financieros con fines específicos puede
requerir una consideración especial por parte del auditor. Por ejemplo, en la
NIA 320, los juicios sobre las cuestiones que son materiales para los usuarios
de los estados financieros se basan en la consideración de las necesidades
comunes de información financiera de los usuarios en su conjunto.
Sin embargo, en el caso de la auditoría de estados
financieros con fines específicos, dichos juicios se basan en la consideración
de las necesidades de información financiera de los usuarios a quienes se
destina el informe.
En el caso de estados financieros con fines
específicos, tales como los preparados de conformidad con los requerimientos de
un contrato, la dirección puede acordar con los usuarios a quienes se destina
el informe, un umbral por debajo del cual las incorrecciones identificadas en
el curso de la auditoría no serán corregidas o ajustadas.
La existencia de dicho umbral no exime al auditor
del requerimiento de determinar la importancia relativa de conformidad con la
NIA 320 con fines de planificación y ejecución de la auditoría de los estados
financieros con fines específicos.
La comunicación con los responsables del gobierno
de la entidad de conformidad con las NIA se basa en la relación entre dichos
responsables y los estados financieros sometidos a auditoría, en concreto,
cuando los responsables del gobierno de la entidad tienen la responsabilidad de
supervisar la preparación de dichos estados financieros.
En el caso de estados financieros con fines
específicos, los responsables del gobierno de la entidad puede que no tengan esa
responsabilidad; por ejemplo, cuando la información financiera se prepare
únicamente para ser utilizada por la dirección. En dichos casos, es posible que
los requerimientos de la NIA 260 no sean aplicables a la auditoría de los
estados financieros con fines específicos, salvo cuando el auditor también sea
responsable de la auditoría de los estados financieros de la entidad con fines
generales o, por ejemplo, cuando haya acordado con los responsables del
gobierno de la entidad comunicarles las cuestiones relevantes identificadas en
el curso de la auditoría de los estados financieros con fines específicos.
A13. Consideraciones relativas a la formación de la
opinión y al informe(Ref: Apartado 11)
El Anexo de esta NIA contiene ejemplos de informes
de auditoría sobre estados financieros con fines específicos. Advertencia a los
lectores de que los estados financieros han sido preparados de conformidad con
un marco de información con fines específicos (Ref: Apartado 14)
Los estados financieros con fines específicos
pueden ser utilizados con propósitos distintos de aquéllos a los que estaban
destinados. Por ejemplo, un regulador puede requerir que determinadas entidades
hagan públicos los estados financieros con fines específicos. Con el fin de
evitar malentendidos, el auditor advierte a los usuarios del informe de
auditoría de que los estados financieros han sido preparados de conformidad con
un marco de información con fines específicos y de que, en consecuencia, pueden
no ser adecuados para otros fines.
- Restricción
a la distribución o a la utilización (Ref: Apartado 14)
Además de la advertencia requerida por el apartado
14, el auditor puede considerar adecuado indicar que el informe de auditoría
está destinado únicamente a unos usuarios específicos. Dependiendo de las
disposiciones legales y reglamentarias de cada jurisdicción, esto se puede
lograr mediante la restricción a la distribución o a la utilización del informe
de auditoría. En estas circunstancias, el párrafo al que se refiere el apartado
14 se puede ampliar para incluir estas otras cuestiones, modificando, en
consecuencia, el título.
Anexo (Ref: Apartado A13)
Ejemplos de informes de auditoría sobre estados
financieros con fines específicos
• Ejemplo 1:
Informe de auditoría sobre un conjunto completo de estados financieros
preparados de conformidad con las disposiciones sobre información financiera de
un contrato (a los efectos de este ejemplo, un marco de cumplimiento).
• Ejemplo 2:
Informe de auditoría sobre un conjunto completo de estados financieros
preparados de conformidad con criterios fiscales de contabilización de la
Jurisdicción X (a los efectos de este ejemplo, un marco de cumplimiento).
• Ejemplo 3:
Informe de auditoría sobre un conjunto completo de estados financieros
preparados de conformidad con las disposiciones sobre información financiera
establecidas por un regulador (a los efectos de este ejemplo, un marco de
imagen fiel).
Ejemplo 1:
Las circunstancias incluyen lo siguiente:
• Los
estados financieros han sido preparados por la dirección de la entidad, de
conformidad con las disposiciones sobre información financiera de un contrato
(es decir, un marco de información con fines específicos) con el fin de cumplir
con lo establecido en dicho contrato. La dirección no puede elegir entre
distintos marcos de información financiera.
• El marco de
información financiera aplicable es un marco de cumplimiento.
• Los términos del
encargo de auditoría reflejan la descripción de la responsabilidad de la
dirección que recoge la NIA 210, relación con los estados financieros.
• Se restringen la
distribución y la utilización del informe de auditoría.
INFORME DE AUDITORÍA INDEPENDIENTE
[Destinatario correspondiente]
Hemos auditado los estados financieros adjuntos de
la sociedad ABC, que comprenden el balance de situación a 31 de diciembre de
20X1, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto y el
estado de flujos de efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha
fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra
información explicativa. Los estados financieros han sido preparados por la
dirección de la sociedad ABC sobre la base de las disposiciones relativas a
información financiera de la Sección Z del contrato de fecha 1 de enero de 20X1
suscrito entre la sociedad ABC y la sociedad DEF (“el contrato”).
Responsabilidad de la dirección en relación con los
estados financieros
La dirección es responsable de la preparación de
los estados financieros adjuntos de conformidad con las disposiciones sobre
información financiera de la Sección Z del contrato, y del control interno que
la dirección considere necesario para permitir la preparación de estados
financieros libres de incorrección material, debida a fraude o error.
Responsabilidad del auditor
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión
sobre los estados financieros adjuntos basada en nuestra auditoría. Hemos
llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con las Normas Internacionales
de Auditoría.
Dichas normas exigen que cumplamos los
requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría
con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros
están libres de incorrección material.
Una auditoría conlleva la aplicación de
procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los importes y la
información revelada en los estados financieros. Los procedimientos
seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos
de incorrección material en los estados financieros, debida a fraude o error.
Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el
control interno relevante para la preparación por parte de la entidad de los
estados financieros, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que
sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de
expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad.
Una auditoría también incluye la evaluación de la
adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las
estimaciones contables realizadas por la dirección, así como la evaluación de
la presentación global de los estados financieros.
Consideramos que la evidencia de auditoría que
hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión
de auditoría.
Opinión
En nuestra opinión, los estados financieros de la
sociedad ABC para el ejercicio terminado a 31 de diciembre de 20X1 han sido
preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con las
disposiciones sobre información financiera de la Sección Z del contrato.
Base contable y restricción a la distribución y a
la utilización
Sin que ello tenga efecto sobre nuestra opinión,
llamamos la atención sobre la Nota X a los estados financieros, en la que se
describe la base contable. Los estados financieros han sido preparados para
permitir a la sociedad ABC cumplir las disposiciones de información financiera del
contrato anteriormente mencionado. En consecuencia, los estados financieros
pueden no ser apropiados para otra finalidad. Nuestro informe se dirige
únicamente a las sociedades ABC y DEF, y no debe ser distribuido ni utilizado
por partes distintas de las sociedades ABC y DEF.
[Firma del auditor]
[Fecha del informe de auditoría] [Dirección del
auditor]
Ejemplo 2:
Las circunstancias incluyen lo siguiente:
• Los estados
financieros han sido preparados por la dirección de una sociedad, de
conformidad con criterios fiscales de contabilización de la Jurisdicción X (es
decir, un marco de información con fines específicos) con el fin de facilitar a
los socios la preparación de sus declaraciones individuales del impuesto sobre
beneficios. La dirección no puede elegir entre distintos marcos de información
financiera.
• El marco de
información financiera aplicable es un marco de cumplimiento.
• Los términos del
encargo de auditoría reflejan la descripción de la responsabilidad de la
dirección que recoge la NIA 210, en relación con los estados financieros.
• Se restringen la
distribución y la utilización del informe de auditoría.
INFORME DE AUDITORÍA INDEPENDIENTE
[Destinatario correspondiente]
Hemos auditado los estados financieros adjuntos de
la sociedad ABC, que comprenden el balance de situación a 31 de diciembre de
20X1, elestado de resultados correspondiente al ejercicio terminado en dicha
fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y
otrainformación explicativa. Los estados financieros han sido preparados por la
Dirección con criterios fiscales de contabilización de laJurisdicción X.
Responsabilidad de la direcciónen relación con los
estados financieros
La dirección es responsable de la preparación de
los estados financieros adjuntos de conformidad con criterios fiscales de
contabilización de la Jurisdicción X, y del control interno que la dirección
considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres
de incorrección material, debida a fraude o error.
Responsabilidad del auditor
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión
sobre los estados financieros adjuntos basada en nuestra auditoría. Hemos
llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con las Normas Internacionales
de Auditoría. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética,
así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una
seguridad razonable sobre si los estados financieros están libres de
incorrección material.
Una auditoría conlleva la aplicación de
procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los importes y la
información revelada en los estados financieros. Los procedimientos
seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los
riesgos de incorrección material en los estados financieros, debida a fraude o
error. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta
el control interno relevante para la preparación por parte de la entidad de los
estados financieros con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que
sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de
expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad.
Una auditoría también incluye la evaluación de la
adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las
estimaciones contables realizadas por la dirección, así como la evaluación de
la presentación global de los estados financieros. Consideramos que la
evidencia de auditoría que hemos obtenido proporciona una base suficiente y
adecuada para nuestra opinión de auditoría.
Opinión
En nuestra opinión, los estados financieros de la
sociedad ABC para el ejercicio terminado a 31 de diciembre de 20X1 han sido
preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con [descripción
de la legislación de impuestos sobre beneficios aplicable] de la Jurisdicción
X.
Base contable y restricción a la distribución y
utilización
Sin que ello tenga efecto sobre nuestra opinión,
llamamos la atención sobre la Nota X de los estados financieros, en la que se
describe la base contable. Los estados financieros han sido preparados para
facilitar a los socios de la sociedad ABC la preparación de sus declaraciones
individuales del impuesto sobre beneficios.
En consecuencia, los estados financieros pueden no
ser apropiados para otra finalidad. Nuestro informe se dirige únicamente a la
sociedad ABC y no debe ser distribuido ni utilizado por partes distintas de la
sociedad ABC o a sus socios.
[Firma del auditor]
[Fecha del informe de auditoría] [Dirección del
auditor]
Ejemplo 3:
Las circunstancias incluyen lo siguiente:
• Los
estados financieros han sido preparados por la dirección de la entidad, de
conformidad con las disposiciones sobre información financiera establecidas por
un regulador (es decir, un marco de información con fines específicos) con el
fin de cumplir los requerimientos de dicho regulador. La dirección no puede
elegir entre distintos marcos de información financiera.
• El marco de
información financiera aplicable es un marco de imagen fiel.
• Los términos del
encargo de auditoría reflejan la descripción de la responsabilidad de la
Dirección que recoge la NIA 210, en relación con los estados financieros.
• Se restringen la
distribución y la utilización del informe de auditoría.
• El párrafo
sobre otras cuestiones se refiere al hecho de que el auditor también ha emitido
un informe de auditoría sobre estados financieros preparados por la sociedad
ABC para el mismo periodo de conformidad con un marco de información con fines
generales.
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INFORME DE AUDITORÍA INDEPENDIENTE
[Destinatario correspondiente]
Hemos auditado los estados financieros adjuntos de
la sociedad ABC, que comprenden el balance de situación a 31 de diciembre de
20X1, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto y el
estado de flujos de efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha
fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra
información explicativa. Los estados financieros han sido preparados por la
dirección sobre la base de las disposiciones sobre información financiera de la
Sección Y de la Norma Z.
Responsabilidad de la dirección en relación con los
estados financieros
La dirección es responsable de la preparación y
presentación fiel de los estados financieros adjuntos de conformidad con las
disposiciones sobre información financiera de la Sección Y de la Norma Z, y del
control interno que la dirección considere necesario para permitir la
preparación de estados financieros libres de incorrección material, debida a
fraude o error.
Responsabilidad del auditor
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión
sobre los estados financieros adjuntos basada en nuestra auditoría. Hemos
llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con las Normas Internacionales
de Auditoría.
Dichas normas exigen que cumplamos los
requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría
con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros
están libres de incorrección material.
Una auditoría conlleva la aplicación de
procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los importes y la
información revelada en los estados financieros. Los procedimientos
seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los
riesgos de incorrección material en los estados financieros, debida a fraude o
error. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta
el control interno relevante para la preparación y presentación fiel por parte
de la entidad de los estados financieros, con el fin de diseñar los
procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las
circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia
del control interno de la entidad.
Una auditoría también incluye la evaluación de la
adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las
estimaciones contables realizadas por la dirección, así como la evaluación de
la presentación global de los estados financieros.
Consideramos que la evidencia de auditoría que
hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión
de auditoría.
Opinión
En nuestra opinión, los estados financieros
expresan la imagen fiel de (o presentan fielmente, en todos los aspectos
materiales,) la situación financiera de la sociedad ABC a 31 de diciembre de
20X1, así como de sus resultados y flujos de efectivo correspondientes al
ejercicio terminado en dicha fecha de conformidad con las disposiciones sobre
información financiera de la Sección Y de la Norma Z.
Base contable
Sin que ello tenga efecto sobre nuestra opinión,
llamamos la atención sobre la Nota X de los estados financieros, en la que se
describe la base contable. Los estados financieros han sido preparados para
permitir a la sociedad ABC cumplir los requerimientos del Regulador DEF. En
consecuencia, los estados financieros pueden no ser apropiados para otra
finalidad.
Párrafo sobre otras cuestiones
La sociedad ABC ha preparado por separado unos
estados financieros para el ejercicio terminado a 31 de diciembre de 20X1, de
conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera, sobre los
que emitimos un informe de auditoría por separado, con fecha 31 de marzo de
20X2, dirigido a los accionistas de la sociedad ABC.
[Firma del auditor]
[Fecha del informe de auditoría] [Dirección del
auditor]
Párrafo sobre otras cuestiones
La sociedad ABC ha preparado por separado unos
estados financieros para el ejercicio terminado a 31 de diciembre de 20X1, de
conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera, sobre los
que emitimos un informe de auditoría por separado, con fecha 31 de marzo de
20X2, dirigido a los accionistas de la sociedad ABC.
[Firma del auditor]
[Fecha del informe de auditoría] [Dirección del
auditor]
Sinopsis
NIA 800: Consideraciones especiales – auditorías de
estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con
fines específicos
La presente NIA trata de las consideraciones
especiales para la aplicación de dichas NIA a una auditoría de estados
financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines
específicos.
EL OBJETIVO del auditor, al aplicar las NIA en una
auditoría de estados financieros preparados de conformidad con un marco de
información con fines específicos, es tratar de manera adecuada las
consideraciones especiales que son aplicables con respecto a:
(a)la aceptación del encargo;
(b) la planificación y la
realización de dicho encargo; y
(c) la formación de una opinión y
el informe sobre los estados
financieros.
Según esta NIA el auditor tendrá en cuenta
consideraciones para la aceptación de encargo, como la finalidad de los estados
financieros, los usuarios a quienes se destina el informe y la medidas tomadas
por la dirección, también evaluará consideraciones para la planificación y
realización de la auditoria, para formarse una opinión aplicará los
requerimientos de la NIA 700, en el caso de contratos, evaluará si los estados
financieros describen cualquier interpretación del contrato, finalmente, se
incluirá en el informe un párrafo de énfasis para advertir que los estados
financieros se han preparado de conformidad con un marco de información con
fines específicos
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