AUDITORÍA DE ESTIMACIONES CONTABLES, INCLUIDAS LAS DE VALOR RAZONABLE, Y DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA A REVELAR
LAS DE VALOR RAZONABLE, Y DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA
A REVELAR
Introducción
La Norma Internacional de
Auditoría (NIA) 540, “Auditoría de estimaciones contables, incluidas las de
valor razonable, y de la información relacionada a revelar”, debe interpretarse
conjuntamente con la NIA 200, “Objetivos globales del auditor independiente y
realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de
Auditoría”.
1.
Alcance de esta NIA:
Esta
Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene
el auditor en relación con las estimaciones contables, incluidas las
estimaciones contables del valor razonable, y la información relacionada a
revelar, al realizar una auditoría de estados financieros. En concreto,
desarrolla la aplicación de la NIA 315 y la NIA 330, así como de otras NIA
relevantes, a las estimaciones contables. También incluye requerimientos y
orientaciones sobre las incorrecciones en estimaciones contables concretas y
sobre indicadores de la existencia de posible sesgo de la dirección.
2.
Naturaleza de las estimaciones contables
Algunas partidas de los estados financieros
no pueden medirse con exactitud, sino solo estimarse. A los efectos de esta
NIA, dichas partidas de los estados financieros se denominan estimaciones
contables. La naturaleza y fiabilidad de la información de la que dispone la
dirección como base para la realización de una estimación contable es muy
variada, lo cual afecta al grado de incertidumbre en la estimación asociado a
las estimaciones contables. El grado de incertidumbre en la estimación afecta,
a su vez, al riesgo de incorrección material en las estimaciones contables,
incluida la susceptibilidad a un sesgo de la dirección, intencionado o no.
(Ref: Apartados A1- A11)
El objetivo de la medición
de las estimaciones contables puede variar en función del marco de información
financiera aplicable y de la partida financiera sobre la que se informa. En el
caso de algunas estimaciones contables el objetivo de la medición es
pronosticar el desenlace de una o más transacciones, hechos o condiciones, lo
que da lugar a la necesidad de una estimación contable.
En el caso de otras
estimaciones contables, incluidas muchas de las estimaciones contables del
valor razonable, el objeto de la medición es diferente, y se expresa en
términos del valor de una transacción actual o de una partida de los estados financieros
basado en las condiciones existentes en la fecha de la medición, como el precio
de mercado estimado de un determinado tipo de activo o pasivo.
Por ejemplo, el marco de
información financiera aplicable puede exigir una medición del valor razonable
basada en una hipotética transacción actual realizada entre partes debidamente
informadas e interesadas (a las que a veces se denomina “participantes del
mercado” u otro término equivalente) en una transacción realizada en
condiciones de independencia mutua en lugar de la liquidación de una
transacción en alguna fecha pasada o futura.
Una diferencia entre el
desenlace de una estimación contable y la cantidad originalmente reconocida o
revelada en los estados financieros no constituye necesariamente una
incorrección de los estados financieros. Este es el caso particular de las
estimaciones contables del valor razonable, ya que cualquier desenlace
observado siempre resulta afectado por hechos o condiciones posteriores a la
fecha en que se realizó la estimación a efectos de los estados financieros.
5. Fecha de entrada en vigor
Esta NIA es aplicable a las auditorías de
estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de
diciembre de 2009.
Objetivo:
(a)
las estimaciones contables, incluidas las
estimaciones contables del valor razonable reconocidas o reveladas
en valor los razonables; la correspondiente informacion revelada en los
estados financieros
b) revelada en los estados financieros es adecuada en el
contexto del marco de información financiera aplicable.
7. Definiciones
A
efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran
a continuación:
(a) Estimación contable: una
aproximación a un importe en ausencia de medios precisos de medida. Este
término se emplea para la obtención de una cantidad medida a valor razonable
cuando existe incertidumbre en la estimación, así como para otras cantidades
que requieren una estimación. Cuando esta NIA trata únicamente de las
estimaciones contables que conllevan medidas a valor razonable, se emplea el
término
“estimaciones contables a valor razonable”.
(b) Estimación puntual o
rango del auditor: cantidad o rango de cantidades, respectivamente, derivadas
de la evidencia de auditoría obtenida para utilizar en la evaluación de una
estimación puntual realizada por la dirección.
(c) Incertidumbre en la
estimación: la susceptibilidad de una estimación contable y de la información
revelada relacionada a una falta inherente de precisión en su medida.
(d)
Sesgo de la dirección: falta de neutralidad de la dirección en la preparación
de la información.
(e) Estimación puntual de la dirección: cantidad determinada por la dirección como
estimación contable para su reconocimiento o revelación en los estados
financieros.
(f) Desenlace de una estimación contable: importe resultante de la resolución final
de las transacciones, hechos o condiciones en que se basa la estimación
contable.
8. Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas
Al aplicar procedimientos de valoración del riesgo
y realizar actividades relacionadas para obtener conocimiento de la entidad y
su entorno, incluido su control interno, tal y como requiere la NIA 315, el
auditor, con el fin de disponer de una base para la identificación y valoración
del riesgo de incorrección material de las estimaciones contables, deberá
obtener conocimiento de los siguientes aspectos: (Ref: Apartado A12)
(a) Los requerimientos del marco de información
financiera aplicable relacionados con las estimaciones contables, incluida la
correspondiente información a revelar. (Ref: Apartados A13-A15)
(b) El modo en que la dirección identifica aquellas
transacciones, hechos y condiciones que pueden dar lugar a la necesidad de que
las estimaciones contables se reconozcan o revelen en los estados financieros.
Para obtener este conocimiento, el auditor realizará indagaciones ante la
dirección sobre los cambios de circunstancias que pueden dar lugar a
estimaciones contables nuevas o a la necesidad de revisar las existentes. (Ref:
Apartados A16-A21)
(c) La manera en que la dirección realiza las
estimaciones contables y los datos en
los que se basan, incluidos: (Ref: Apartados A22-A23)
(i) el método y, en su caso, el modelo, empleado
para realizar la estimación contable; (Ref: Apartados A24-A26)
(ii) los controles relevantes; (Ref: Apartados A27-A28)
(iii)
si la dirección ha utilizado los servicios de un experto; (Ref: Apartados
A29-A30)
(iv)
las hipótesis en las que se basan las estimaciones contables; (Ref: Apartados
A31-A36)
(v)
si se ha producido o se debería haber producido, con respecto al periodo anterior,
un cambio en los métodos utilizados para la realización de las estimaciones
contables y, si es así, los motivos correspondientes; y (Ref: Apartado A37)
(vi)
si la dirección ha valorado el efecto de la incertidumbre en la estimación y,
en este caso, el modo en que lo ha hecho. (Ref: Apartado A38)
El auditor revisará el desenlace de las
estimaciones contables incluidas en los estados financieros correspondientes al
periodo anterior o, en su caso, su reestimación posterior a efectos del periodo
actual. La naturaleza y extensión de la revisión a llevar a cabo por el auditor
tendrá en cuenta la naturaleza de las estimaciones contables, y si la
información obtenida de la revisión es o no relevante para identificar y
valorar los riesgos de incorrección material en las estimaciones contables
realizadas en los estados financieros del periodo actual.
Sin embargo, el propósito de la revisión no es
poner en duda los juicios realizados en los periodos anteriores basados en la
información disponible en aquel momento. (Ref: Apartados A39-A44)
10 .
Identificación y valoración del riesgo de incorrección material
Para identificar y valorar el riesgo de
incorrección material, como requiere la NIA 315, el auditor evaluará el grado
de incertidumbre existente en la estimación asociado a cada estimación
contable. (Ref: Apartados A45-A46)
El auditor determinará si, a su juicio, alguna de
las estimaciones contables para las que se ha identificado un grado elevado de
incertidumbre en la estimación da lugar a riesgos significativos. (Ref:
Apartados A47-A51)
12. Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material
Sobre la base de la valoración realizada del riesgo
de incorrección material, el auditor determinará: (Ref: Apartado A52)
(a) si la dirección ha aplicado adecuadamente los
requerimientos del marco de información financiera aplicable relativos a la
realización de la estimación contable; y (Ref: Apartados A53-A56)
(b) si los métodos empleados en la realización de
las estimaciones contables son adecuados y se han aplicado de forma congruente,
así como, en su caso, si los cambios en las estimaciones contables o en el
método para realizarlas, con respecto al periodo anterior, son adecuados
teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes. (Ref: Apartados A57-A58)
Para responder a los riesgos valorados de
incorrección material, como requiere la NIA 3306, el auditor realizará una o
varias de las siguientes actuaciones, teniendo en cuenta la naturaleza de la
estimación contable. (Ref: Apartados A59-A61)
(a)
Determinación de si los hechos acaecidos hasta la fecha del informe de
auditoría proporcionan evidencia de auditoría en relación con la estimación
contable. (Ref: Apartados A62-A67)
(b)
Realización de pruebas sobre el modo en que la dirección realizó la estimación
contable y los datos en los que dicha estimación se basa. Para ello, el auditor
evaluará lo siguiente: (Ref: Apartados A68-A70)
(i)
si el método de medición utilizado es adecuado dadas las circunstancias; y
(Ref: Apartados A71-A76)
(ii)
si las hipótesis empleadas por la dirección son razonables teniendo en cuenta
los objetivos de la medición según el marco de información financiera
aplicable. (Ref: Apartados A77-A83)
(c) Realización de pruebas sobre la eficacia
operativa de los controles relativos a la realización por la dirección de la
estimación contable, junto con la aplicación de procedimientos sustantivos
adecuados. (Ref: Apartados A84-A86)
(d) Realización de una estimación puntual o
establecimiento de un rango para evaluar la estimación puntual de la dirección.
Para ello: (Ref: Apartados A87-A91)
(i) Cuando el auditor emplee hipótesis o métodos
diferentes de los utilizados por la dirección, el auditor obtendrá conocimiento
suficiente de las hipótesis o métodos de la dirección para cerciorarse de que
la estimación puntual o rango del auditor tiene en cuenta variables relevantes,
así como para evaluar cualquier diferencia significativa respecto de la
estimación puntual de la dirección. (Ref: Apartado A92)
(ii) Cuando el auditor concluya que resulta
adecuado utilizar un rango, el auditor
reducirá el rango, sobre la base de la evidencia de
auditoría disponible, hasta
que todos los desenlaces incluidos dentro del
rango se consideren razonables.
(Ref: Apartados A93-A95)
Para determinar las cuestiones señaladas en el
apartado 12, o como respuesta al riesgo valorado de incorrección material de
conformidad con el apartado 13, el auditor considerará si, para obtener
evidencia de auditoría suficiente y adecuada, son necesarias cualificaciones o
conocimientos especializados en relación con uno o más aspectos de las
estimaciones contables. (Ref: Apartados A96-A101)
·
Procedimientos posteriores sustantivos para responder a los riesgos
significativos Incertidumbre en la estimación
En el caso de estimaciones contables que den lugar
a riesgos significativos, además de otros procedimientos sustantivos aplicados
para cumplir con los requerimientos de la NIA 3307, el auditor evaluará lo
siguiente: (Ref: Apartado A102).
(a) El modo en que la dirección ha considerado las
hipótesis o los desenlaces alternativos, y los motivos por los que los ha
rechazado, o cualquier otra manera en que la dirección haya tratado la
incertidumbre en la estimación al realizar la estimación contable. (Ref:
Apartados A103-A106)
(b) Si las hipótesis significativas utilizadas por
la dirección son razonables. (Ref: Apartados A107-A109)
(c) En lo relativo a la razonabilidad de las
hipótesis significativas empleadas por la dirección o para verificar la
aplicación adecuada del marco de información financiera aplicable, el propósito
de la dirección de llevar a cabo actuaciones específicas y su capacidad para
hacerlo. (Ref: Apartado A110)
En el caso de que, a juicio del auditor, la
dirección no haya tratado adecuadamente los efectos de la incertidumbre en la
estimación sobre las estimaciones contables realizadas que den lugar a riesgos
significativos, si lo considera necesario, el auditor establecerá un rango para
evaluar la razonabilidad de la estimación contable. (Ref: Apartados A111-A112)
17. Criterios de reconocimiento y medición
En el caso de las estimaciones contables que den lugar
a riesgos significativos, el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente
y adecuada sobre si:
(a) la decisión de la dirección de reconocer, o no
reconocer, las estimaciones contables en los estados financieros (Ref:
Apartados A113-A114); y
(b) las bases seleccionadas para la medición de las
estimaciones contables (Ref: Apartado A115) se adecúan a los requerimientos
establecidos en el marco de información financiera aplicable.
18. Evaluación de la razonabilidad de las
estimaciones contables y determinación de incorrecciones
Sobre la base de la evidencia de auditoría
obtenida, el auditor evaluará si las estimaciones contables contenidas en los
estados financieros son razonables de acuerdo con el marco de información
financiera aplicable, o si contienen incorrecciones. (Ref: Apartados A116-A119)
19. Revelación de información relacionada con las estimaciones contables
El auditor obtendrá evidencia de auditoría
suficiente y adecuada sobre si la información revelada en los estados
financieros relativa a las estimaciones contables se adecúa a los
requerimientos establecidos en el marco de información financiera aplicable.
(Ref: Apartados A120-A121)
En el caso de las estimaciones contables que den
lugar a riesgos significativos, el auditor evaluará, asimismo, la adecuación de
la información revelada en los estados financieros acerca de la incertidumbre
en la estimación existente, de acuerdo con el marco de información financiera
aplicable. (Ref: Apartados A122-A123)
21. Indicadores de la existencia de posible sesgo de la dirección
El
auditor revisará los juicios y las Decisiones adoptados por la dirección al realizar
las estimaciones contables con la finalidad de identificar
si existen indicadores de posible sesgo de la dirección. A los
efectos de alcanzar conclusiones sobre la razonabilidad de las estimaciones
contables concretas, los indicadores de posible sesgo de la dirección no
constituyen en sí mismos incorrecciones. (Ref: Apartados A124-A125)
22. Manifestaciones escritas
El auditor obtendrá manifestaciones escritas de la
dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad
sobre si consideran razonables las hipótesis significativas empleadas en la
realización de estimaciones contables. (Ref: Apartados A126-A127)
23. Documentación
El auditor incluirá en la documentación de auditoría:
(a) la base para las conclusiones alcanzadas por el
auditor sobre la razonabilidad de las estimaciones contables que den lugar a
riesgos significativos, así como de la correspondiente información revelada; y
(b) en su caso, los indicadores de la existencia de
posible sesgo de la dirección. (Ref: Apartado A128)
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas
A1. Naturaleza de las estimaciones contables (Ref: Apartado 2)
Debido a las incertidumbres inherentes a las
actividades empresariales, algunas partidas de los estados financieros sólo
pueden ser estimadas. Asimismo, las características específicas de un activo,
un pasivo o un componente del patrimonio neto, o la base o el método de
medición definido por el marco de información financiera, pueden dar lugar a la
necesidad de estimar una partida de los estados financieros.
Algunos marcos de información financiera definen
métodos de medición específicos y la información a revelar en los estados
financieros requerida, mientras que otros marcos de información financiera son
menos concretos al respecto. En el anexo de esta NIA se analizan las formas de
medir el valor razonable y la información que debe revelarse según los distintos
marcos de información financiera.
Algunas estimaciones contables incorporan una
incertidumbre en la estimación relativamente baja y pueden conllevar menores
riesgos de incorrecciones materiales, por ejemplo:
Las estimaciones contables en entidades dedicadas a
actividades empresariales que no son complejas.
Las estimaciones contables que se realizan y
actualizan con frecuencia por referirse a transacciones rutinarias.
Las estimaciones contables obtenidas a partir de
datos fácilmente disponibles, tales como los tipos de interés publicados o los
precios de valores negociados en un mercado oficial.
En el contexto de una estimación contable del valor
razonable estos datos se denominan “observables”.
Las estimaciones contables del valor razonable para
las que el método de medición definido por el marco de información financiera
aplicable es sencillo y se aplica fácilmente al activo o pasivo que requiere
ser medido a valor razonable.
Las estimaciones contables del valor razonable para
las que el modelo empleado para medir la estimación contable es generalmente
aceptado, siempre y cuando las hipótesis o los datos del modelo sean
observables.
Sin embargo, en el caso de algunas estimaciones
contables, la incertidumbre en la estimación puede ser relativamente alta,
especialmente cuando se basan en hipótesis significativas; por ejemplo:
Las
estimaciones contables relacionadas con el resultado de litigios.
Las estimaciones contables del valor razonable de
instrumentos financieros derivados no negociados en mercados organizados.
Las estimaciones contables del valor razonable para
las que se emplea un modelo muy especializado desarrollado por la entidad, o
para las que las hipótesis o los datos no pueden ser observados en el mercado.
Las estimaciones contables relacionadas con el resultado de litigios.
Las estimaciones contables del valor razonable de
instrumentos financieros derivados no negociados en mercados organizados.
Las estimaciones contables del valor razonable para
las que se emplea un modelo muy especializado desarrollado por la entidad, o
para las que las hipótesis o los datos no pueden ser observados en el mercado.
No todas las partidas de los estados financieros
que requieren ser medidas a valor razonable implican incertidumbre en la
estimación.
Por ejemplo, éste puede ser el
caso de algunas partidas de los estados financieros para los que existe un
mercado activo y abierto que ofrece información fácilmente disponible y fiable
sobre los precios a los que se efectúan los intercambios, en cuyo caso la
existencia de cotizaciones de precio publicadas suele ser la mejor evidencia de
auditoría de su valor razonable. Sin embargo, puede existir incertidumbre en el
proceso de estimación incluso cuando el método de valoración y los datos estén
bien definidos.
Por ejemplo, la valoración de valores cotizados en
un mercado activo y abierto al precio de negociación del mercado puede requerir
un ajuste si la posición en el mercado es significativa o está sujeta a
restricciones en su negociación.
Asimismo, las circunstancias económicas generales
imperantes en ese momento, por ejemplo, la falta de liquidez en un mercado
determinado, pueden afectar a la incertidumbre en la estimación.
Ejemplos de situaciones en las que pueden ser requeridas estimaciones
distintas de las del valor razonable son los siguientes:
•
Deterioro
de valor de créditos por operaciones comerciales.
•
Obsolescencia
de las existencias.
•
Obligaciones
por garantías.
•
Método de
amortización o vida útil de los activos.
• Provisión
relativa al valor contable de una inversión cuando existe incertidumbre sobre
su recuperabilidad.
• Resultado
de contratos a largo plazo.
• Costes
derivados de resoluciones de litigios y sentencias.
Otros ejemplos de situaciones en las que pueden ser necesarias
estimaciones contables del valor razonable son los siguientes:
• Instrumentos
financieros complejos, que no se negocian en mercados activos y abiertos.
•
Pagos
basados en acciones.
•
Activos
no corrientes mantenidos para su venta.
• Determinados
activos o pasivos adquiridos en una combinación de negocios, incluidos el fondo
de comercio y los activos intangibles.
• Transacciones
que implican el intercambio de activos o pasivos entre partes independientes
sin contraprestación monetaria, por ejemplo, un intercambio no monetario de las
instalaciones industriales de diferentes líneas de negocio.
La estimación implica juicios realizados sobre la
base de la información disponible cuando se preparan los estados financieros.
Para muchas estimaciones contables, estos juicios
conllevan la formulación de hipótesis sobre cuestiones inciertas en el momento
de realizar la estimación.
No es responsabilidad del auditor la predicción de
las condiciones, transacciones o hechos futuros que, de haberse conocido en el
momento de la auditoría, podrían haber afectado significativamente a la
actuación de la dirección o a las hipótesis utilizadas por la dirección.
A9. Sesgo de la dirección
Los marcos de información financiera suelen exigir
neutralidad, es decir, ausencia de sesgo. Sin embargo, las estimaciones
contables son imprecisas y pueden verse afectadas por los juicios de la
dirección. Estos juicios pueden implicar un sesgo de la dirección intencionado
o no (por ejemplo, como resultado de la motivación para lograr un resultado
deseado).
La
susceptibilidad de una estimación contable a un sesgo de la aumenta
en función de la subjetividad que conlleva su realización. El sesgo no intencionado de la dirección y la posibilidad de
sesgo intencionado de la dirección son inherentes a las decisiones subjetivas
que con frecuencia son necesarias para realizar estimaciones contables.
En el caso de auditorías recurrentes, los
indicadores de posible sesgo de la dirección identificados durante la
realización de la auditoría de periodos anteriores influyen en las actividades
de planificación e identificación y valoración de riesgos que realiza el
auditor en el periodo actual.
El sesgo de la dirección puede ser difícil de
detectar en las cuentas contables. Puede ser que sólo sea identificado cuando
se consideran de forma conjunta grupos de estimaciones contables o todas las
estimaciones contables, o cuando se observa a lo largo de varios periodos
contables. Si bien algún sesgo de la dirección es inherente a las decisiones
subjetivas, al efectuar estos juicios la dirección puede no tener intención de
inducir a error a los usuarios de los estados financieros. Sin embargo, cuando
exista dicha intención, el sesgo de la dirección es de naturaleza fraudulenta.
A11. Consideraciones específicas para entidades del sector público
Las entidades del sector público pueden tener
participaciones significativas en activos especializados para los que no
existen fuentes de información fácilmente disponibles y fiables a efectos de su
medición a valor razonable o según otras bases de valor actual, o una
combinación de ambas.
Con frecuencia, los activos especializados no
generan flujos de efectivo y no tienen un mercado activo. La
medición a valor razonable, por lo tanto, suele
requerir la realización de una estimación que puede ser compleja y, en algunos
casos excepcionales, no ser posible en absoluto.
A12.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas (Ref: Apartado
8)
Los procedimientos de valoración del riesgo y las
actividades relacionadas requeridos por el apartado 8 de esta NIA facilitan al
auditor el desarrollo de una previsión de la naturaleza y del tipo de
estimaciones contables que puede tener una entidad.
El principal aspecto a considerar por el auditor es
si el conocimiento que se ha obtenido es suficiente para identificar y valorar
el riesgo de incorrección material en relación con las estimaciones contables y
para planificar la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los
procedimientos de auditoría posteriores.
A13. Obtención de conocimiento de los
requerimientos del marco de información financiera aplicable (Ref: Apartado
8(a))
La obtención de conocimiento de los requerimientos
del marco de información financiera aplicable facilita al auditor la
determinación de si, por ejemplo:
establece determinadas condiciones para el
reconocimiento, o métodos de medición, de estimaciones contables; especifica
determinadas condiciones que permiten o requieren la medición a valor
razonable, por ejemplo, refiriéndose a la intención de la dirección de llevar a
cabo determinadas actuaciones con respecto a un activo o un pasivo; especifica
la información a revelar requerida o permitida.
La
obtención de
este conocimiento también proporciona al auditor una base para
discutir con
la dirección el modo en que
ésta ha
aplicado los requerimientos relevantes
para la realización de la estimación
contable, y permite al
auditor determinar si han sido aplicados adecuadamente.
Los marcos de información financiera pueden guiar a
la dirección en la determinación de las estimaciones puntuales cuando existen
alternativas. Por ejemplo, algunos marcos de información financiera requieren que
la estimación puntual seleccionada sea la alternativa que refleje el juicio de
la dirección sobre el desenlace más probable.
Otros pueden exigir, por ejemplo, el empleo de un
valor esperado descontado, ponderado por la probabilidad. En algunos casos, la
dirección puede tener la capacidad de realizar la estimación puntual
directamente. En otros casos, la dirección puede tener la capacidad de realizar
una estimación puntual fiable sólo después de haber tenido en cuenta hipótesis
o desenlaces alternativos a partir de los cuales se puede determinar una
estimación puntual.
Los marcos de información financiera pueden exigir
que se revele información relacionada con las hipótesis significativas a las
que la estimación contable es especialmente sensible. Además, cuando existe un
alto grado de incertidumbre en la estimación, algunos marcos de información
financiera no permiten el reconocimiento de una estimación contable en los
estados financieros, aunque puede exigirse que se revele determinada
información en las notas explicativas de los estados financieros.
A13. Obtención de conocimiento de la manera en que
la dirección identifica la necesidad de realizar estimaciones contables (Ref:
Apartado 8(b))
La preparación de los estados financieros requiere
que la dirección determine si una transacción, hecho o condición da lugar a la
necesidad de realizar una estimación contable, y que todas las estimaciones
contables necesarias hayan sido reconocidas, medidas y reveladas en los estados
financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
La identificación por la dirección de las
transacciones, hechos y condiciones que dan lugar a la necesidad de
estimaciones contables se basará, probablemente, en:
el conocimiento por parte de la dirección del negocio
de la entidad y del sector en el que opera; el conocimiento por la dirección de
la puesta en práctica de estrategias empresariales en el periodo actual; en su
caso, la experiencia acumulada por la dirección durante la preparación de los
estados financieros de la entidad en periodos anteriores.
En estos casos, el auditor puede obtener
conocimiento del modo en que la dirección identifica la necesidad de realizar
estimaciones contables, principalmente, mediante la realización de indagaciones
ante la dirección. .
En otros casos, cuando el proceso de la dirección
esté más estructurado, por ejemplo cuando las atribuciones de la dirección
incluyen formalmente una función de gestión del riesgo, el auditor puede
aplicar procedimientos de valoración del riesgo a los métodos y prácticas
seguidos por la dirección para la revisión periódica de las situaciones que dan
lugar a las estimaciones contables y la realización de una nueva estimación de
las estimaciones contables, en caso necesario.
La integridad de las estimaciones contables suele
ser un factor importante para el auditor, especialmente cuando se trata de
estimaciones contables de pasivos.
El conocimiento por parte del auditor de la entidad
y su entorno, obtenido durante la aplicación de los procedimientos de
valoración del riesgo, junto con otra evidencia de auditoría obtenida en el
transcurso de la auditoría, facilitan al auditor la identificación de las
circunstancias, o cambios de éstas, que pueden dar lugar a la necesidad de
realizar una estimación contable.
Las indagaciones ante la dirección sobre cambios en
las circunstancias pueden incluir, entre otras, las siguientes cuestiones:
Si la entidad ha realizado nuevos tipos de
transacciones que pueden dar lugar a estimaciones contables.
Si han cambiado las condiciones de las
transacciones que dieron lugar a las estimaciones contables.
Si han cambiado las políticas contables
relacionadas con las estimaciones contables como consecuencia de cambios en los
requerimientos establecidos por el marco de información financiera aplicable o
por otros motivos.
Si se han producido cambios normativos o de otro
tipo ajenos al control de la dirección y que pueden hacer necesario que la
dirección revise las estimaciones contables o realice otras nuevas.
Si se han producido nuevas condiciones o hechos que
pueden dar lugar a la necesidad de realizar estimaciones contables nuevas o a
revisar las existentes.
Durante la realización de la auditoría, el auditor
puede identificar transacciones, hechos y condiciones que supongan la necesidad
de realizar estimaciones contables que la dirección no haya identificado. La
NIA 315 trata de aquellas situaciones en las que el auditor identifica riesgos
de incorrección material que la dirección no ha identificado, incluida la
determinación de si existe una deficiencia significativa en el control interno
en relación con los procesos de valoración del riesgo por la entidad.
A21.Consideraciones
específicas para entidades de pequeña dimensión
La obtención de este conocimiento en el caso de
entidades de pequeña dimensión suele ser menos compleja, ya que con frecuencia
sus actividades empresariales son limitadas y las transacciones son menos
complejas. Además, a menudo una única persona, por ejemplo el
propietario-gerente, es la que identifica la necesidad de realizar una
estimación contable, y, por lo tanto, el auditor puede focalizar sus
indagaciones.
A22. Obtención de conocimiento del modo en que la
dirección realiza las estimaciones contables (Ref: Apartado 8(c))
La preparación de los estados financieros también
exige que la dirección establezca los procesos de información financiera
necesarios para la realización de las estimaciones contables, incluido el
adecuado control interno. Estos procesos incluyen lo siguiente:
Selección de las políticas contables adecuadas y
establecimiento de los procesos de estimación, incluidos los métodos y, en su
caso, los modelos de estimación o valoración adecuados.
Desarrollo o identificación de los datos y las
hipótesis relevantes que afectan a las estimaciones contables.
Revisión periódica de las circunstancias que dan
lugar a las estimaciones contables y realización de nuevas estimaciones
contables
cuando
sea necesario.
Los aspectos que el auditor puede tener en cuenta
para obtener conocimiento de la manera en que la dirección realiza las
estimaciones contables, incluyen, por ejemplo:
Los tipos de cuentas o transacciones con los que
están relacionadas las estimaciones contables (por ejemplo, si las estimaciones
contables se originan al registrar transacciones rutinarias y recurrentes o si
tienen su origen en transacciones no recurrentes o inusuales).
Si la dirección utiliza técnicas de medición
reconocidas para la realización de estimaciones contables concretas, y en tal
caso, el modo en que se han aplicado.
Si las estimaciones contables se realizaron sobre
la base de los datos disponibles en una fecha intermedia y, si es así, si la
dirección ha tenido en cuenta el efecto de los hechos, transacciones y cambios
de circunstancias ocurridos entre dicha fecha y el cierre del ejercicio, y el
modo en que ha tenido en cuenta dicho efecto.
A24. Método de medición, incluido el uso de modelos (Ref: Apartado
8(c)(i))
En algunos casos, el marco de información
financiera aplicable puede definir el método de medición de una estimación
contable, por ejemplo, un modelo concreto que deba emplearse para medir una
estimación del valor razonable. En muchos casos, sin embargo, el marco de
información financiera aplicable no define el método de medición, o puede
especificar métodos de medición alternativos.
Cuando el marco de información financiera aplicable
no establece el método concreto a emplear en función de las circunstancias,
entre los aspectos que el auditor puede tener en cuenta para obtener
conocimiento del método o, en su caso, del modelo empleado para realizar las
estimaciones contables cabe citar los siguientes:
.La manera en que la dirección ha considerado la naturaleza del activo o
pasivo que va a estimarse, al seleccionar un método concreto.
Si la entidad opera en un negocio, sector o entorno
concreto en el que existen métodos comúnmente utilizados para realizar ese tipo
específico de estimación contable.
Por ejemplo, puede haber un mayor riesgo de
incorrección material en aquellos casos en los que la dirección haya
desarrollado internamente un modelo para realizar la estimación contable o
cuando se desvíe de un método comúnmente utilizado en un sector o entorno
concreto.
A27. Controles relevantes (Ref: Apartado 8(c)(ii))
Los aspectos que el auditor puede tener en cuenta
para obtener conocimiento sobre los controles relevantes son, por ejemplo, la
experiencia y competencia de quien realiza las estimaciones contables, y los
controles relacionados con:
la manera en que la dirección determina la
integridad, relevancia y exactitud de los datos empleados para llevar a cabo
estimaciones contables;
la revisión y aprobación de estimaciones contables,
incluidas las hipótesis o los datos empleados en su realización, por los niveles
de dirección apropiados y, cuando proceda, por los responsables del gobierno de
la entidad;
la segregación de funciones entre las personas que
comprometen a la entidad en las transacciones subyacentes y los responsables de
realizar las estimaciones contables, incluido el hecho de si la asignación de
responsabilidades tiene en cuenta adecuadamente la naturaleza de la entidad y
sus productos o servicios (por ejemplo, en el caso de una gran entidad
financiera, la correspondiente segregación de funciones puede incluir una
función independiente, responsable de la estimación y validación del valor
razonable del precio de los productos financieros propios de la entidad,
desempeñada por personal cuya retribución no esté ligada a dichos productos).
Dependiendo de las circunstancias, otros controles
pueden ser relevantes para realizar las estimaciones contables. Por ejemplo, si
la entidad emplea modelos específicos para realizar estimaciones contables, la
dirección puede establecer políticas y procedimientos específicos relativos a
esos modelos. Los controles relevantes pueden incluir, por ejemplo, los
establecidos sobre:
el diseño y desarrollo, o selección, de un modelo
concreto para un propósito específico; el uso del modelo; el mantenimiento y la
validación periódica de la integridad del modelo.
A29.Empleo
de expertos por la dirección (Ref: Apartado 8(c)(iii))
La dirección puede contar con, o la entidad puede
emplear a, personas con la experiencia y competencia necesarias para realizar
las estimaciones puntuales requeridas.
En algunos casos, sin embargo, la dirección puede
tener que contratar a un experto para realizar dichas estimaciones o colaborar
en su realización. Esta necesidad puede deberse, por ejemplo, a:
la naturaleza especializada de la materia que
requiere estimación; por ejemplo, la medición de las reservas de minerales o
hidrocarburos en las industrias extractivas;
la naturaleza técnica de los modelos necesarios
para cumplir con los requerimientos del marco de información financiera aplicable,
como puede ser el caso de determinadas mediciones a valor razonable;
la naturaleza inusual o infrecuente de la
condición, transacción o hecho que requiere una estimación contable.
A30. Consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensión
En entidades de pequeña dimensión, las
circunstancias que requieren una estimación contable suelen ser tales que el
propietario-gerente tiene capacidad de realizar la estimación puntual
requerida.
En algunos casos, sin embargo, será necesario un
experto. La discusión con el propietario-gerente al principio del trabajo de
auditoría sobre la naturaleza de cualquier estimación contable, la integridad
de las estimaciones contables requeridas y la adecuación del proceso de
estimación, puede ayudar al propietario-gerente a determinar la necesidad de
emplear a un experto.
A31. Hipótesis (Ref: Apartado 8(c)(iv))
Las hipótesis forman parte integrante de las
estimaciones contables. Entre los aspectos que el auditor puede tener en cuenta
para obtener conocimiento de las hipótesis en las que se basan las estimaciones
contables se encuentran, por ejemplo:
La naturaleza de las hipótesis, en particular cuáles pueden ser
hipótesis significativas. La manera en que la dirección valora si las hipótesis
son relevantes y completas (es decir, que se hayan tenido en cuenta todas las
variables relevantes).
En su caso, el modo en que la dirección determina
que las hipótesis empleadas son congruentes internamente.
Si las hipótesis están relacionadas con aspectos
que están bajo control de la dirección (por ejemplo, hipótesis sobre los
programas de mantenimiento que pueden afectar a la estimación de vida útil de
un activo), y la manera en que se ajustan a los planes de negocio de la entidad
y al entorno externo, o si dichas hipótesis se relacionan con aspectos que
quedan fuera de su control (por ejemplo, hipótesis sobre tipos de interés,
tasas de mortalidad, posibles acciones judiciales o administrativas, o la
variabilidad y periodificación de los flujos de efectivo futuros).
La naturaleza y extensión de la documentación, si
la hay, en que se basan las hipótesis.
Las hipótesis pueden ser formuladas o identificadas por un
experto para facilitar ala dirección la realización de las estimaciones contables.
Estas hipótesis, cuando son
empleadas por la dirección, se consideran hipótesis de la dirección.
En algunos casos, las hipótesis pueden denominarse
datos; por ejemplo, cuando la dirección utiliza un modelo para realizar una
estimación contable. Sin embargo, el término “dato” también puede emplearse
para referirse a los datos subyacentes a los que se aplican las hipótesis
específicas.
La dirección puede fundamentar las hipótesis en
distintos tipos de información extraída de fuentes internas y externas, cuya
relevancia y fiabilidad serán variables. En algunos casos, una hipótesis puede
estar basada de manera fiable en información aplicable procedente tanto de
fuentes externas (por ejemplo, tipos de interés publicados u otros datos
estadísticos) como de fuentes internas (por ejemplo, información histórica o
condiciones anteriores experimentadas por la entidad). En otros casos, una
hipótesis puede ser más subjetiva, por ejemplo cuando la entidad no tiene
experiencia o no utiliza fuentes externas de las que extraer información.
En el caso de las estimaciones contables del valor
razonable, las hipótesis reflejan o son congruentes con lo que partes
interesadas y debidamente informadas que realicen una transacción en
condiciones de independencia mutua (en ocasiones denominadas “participantes en
el mercado” u otro término equivalente) emplearían para determinar el valor
razonable al intercambiar un activo o liquidar un pasivo.
Las hipótesis específicas variarán también según
las características del activo o del pasivo a valorar, el método de valoración
utilizado (por ejemplo, un enfoque de mercado o de resultados) y los
requerimientos del marco de información financiera aplicable.
Con respecto a las estimaciones contables del valor
razonable, las hipótesis o los datos, en función de su fuente y de sus bases,
variarán entre los siguientes:
(a) Los que reflejan lo que los participantes en el
mercado emplearían para acordar el precio de un activo o pasivo basándose en
datos de mercado obtenidos de fuentes independientes de la entidad que prepara
la información financiera (en ocasiones denominadas “información observable” u
otro término equivalente).
(b) Los que reflejan los propios juicios de la
entidad sobre las hipótesis que los participantes en el mercado emplearían para
determinar el precio de un activo o pasivo basándose en la mejor información
disponible en las circunstancias concurrentes (en ocasiones denominadas
“información no observable” u otro término equivalente).
En la práctica, sin embargo, la distinción entre
(a) y (b) no siempre es evidente. Además, puede ser necesario que la dirección
elija entre diferentes hipótesis empleadas por distintos participantes en el
mercado.
El grado de subjetividad, como el que una hipótesis
o un dato sea observable o no, influye en el grado de incertidumbre en la
estimación y, por tanto, en la valoración del auditor de los riesgos de
incorrección material de una estimación contable concreta.
A37 .Cambios en los métodos de realización de las
estimaciones contables (Ref: Apartado 8(c)(v))
Al evaluar el modo en que la dirección realiza las
estimaciones contables, el auditor debe saber si ha habido o debería haber
habido algún cambio con respecto al periodo anterior en los métodos de
realización de las estimaciones contables.
Puede ser necesario modificar un determinado método
de estimación como respuesta a los cambios habidos tanto en el entorno o en las
circunstancias que afectan a la entidad, como en los requerimientos del marco
de información financiera aplicable.
Si la dirección ha cambiado el método para la
realización de las estimaciones contables, es importante que aquélla pueda
demostrar que el nuevo método es más adecuado, o que es, en sí mismo, una
respuesta a esos cambios. Por ejemplo, si la dirección cambia la base para
realizar una estimación contable, pasando de la utilización de un enfoque de
precios de mercado al empleo de un modelo, el auditor cuestionará si las
hipótesis de la dirección en relación con el mercado son razonables de acuerdo
con las circunstancias económicas.
·
Incertidumbre en la estimación (Ref: Apartado 8(c)(vi))
Los aspectos que el auditor puede tener en cuenta
para obtener conocimiento respecto de si la dirección ha valorado el efecto de
la incertidumbre en la estimación y, en su caso, la manera en que lo ha hecho,
incluyen, por ejemplo:
Si, y en caso afirmativo, de qué manera, la
dirección ha tenido en cuenta hipótesis o desenlaces alternativos realizando,
por ejemplo, un análisis de sensibilidad para determinar el efecto de los
cambios en las hipótesis sobre la estimación contable.
Modo en que la dirección determina la estimación
contable cuando el análisis indica varios escenarios de desenlace.
Si la dirección lleva a cabo un seguimiento de los
desenlaces de las estimaciones contables realizadas en el periodo anterior y si
ha respondido adecuadamente al desenlace de este procedimiento de seguimiento.
A39. Revisión de las estimaciones contables de periodos anteriores (Ref:
Apartado 9)
El desenlace de una estimación contable diferirá a
menudo de la estimación contable reconocida en los estados financieros del
periodo anterior. Al aplicar procedimientos de valoración del riesgo para
identificar y conocer los motivos de dichas diferencias, el auditor puede
obtener:
información en relación con la eficacia del proceso
de estimación realizado por la dirección en el periodo anterior, sobre cuya
base el auditor pueda juzgar la probabilidad de la eficacia del proceso de la
dirección en el periodo actual;
evidencia de auditoría pertinente en relación con
la nueva estimación en el periodo actual de estimaciones contables realizadas
en el periodo anterior;
evidencia de auditoría sobre aspectos tales como la
incertidumbre en la estimación, que puede ser necesario revelar en los estados
financieros.
La revisión de las estimaciones contables del
periodo anterior también puede facilitar al auditor, en el periodo actual, la
identificación de circunstancias o condiciones que aumentan la susceptibilidad
de las estimaciones contables a contener, o indicar la presencia de, un sesgo
de la dirección. El escepticismo profesional del auditor facilita la
identificación de dichas circunstancias o condiciones y la determinación de la
naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de
auditoría posteriores.
La NIA 24012 también requiere una revisión
retrospectiva de los juicios y de las hipótesis de la dirección relativos a las
estimaciones contables significativas. El auditor lleva a cabo esta revisión
cumpliendo con la obligación que tiene de diseñar y aplicar procedimientos para
revisar las estimaciones contables en busca de sesgos que puedan constituir un
riesgo de incorrección material debida a fraude, como respuesta al riesgo de
elusión de los controles por la dirección.
Desde un punto de vista práctico, la revisión por
el auditor de las estimaciones contables del periodo anterior, como
procedimiento de valoración del riesgo de conformidad con esta NIA, puede
llevarse a cabo conjuntamente con la revisión exigida por la NIA 240.
El
auditor puede decidir que es necesaria
una revisión más detallada de aquellas
estimaciones contables cuya incertidumbre en la estimación se valoró como
alta en la
auditoría del ejercicio anterior,
o de aquellas
estimaciones contables que han
cambiado significativamente con respecto al periodo anterior.
Por
otra parte,
por ejemplo en el caso de
estimaciones contables que surgen del
registro de transacciones rutinarias y recurrentes, el
auditor puede juzgar que la
aplicación de procedimientos analíticos
como procedimientos de valoración del riesgo
es suficiente para los objetivos de la auditoría.
En el caso de las estimaciones contables del valor
razonable y de otras estimaciones contables basadas en las condiciones
existentes en la fecha de la medición, puede haber más variación entre la
cantidad reconocida como valor razonable en los estados financieros del periodo
anterior y el desenlace de la estimación o la cantidad resultante de la nueva
estimación realizada a efectos del periodo actual.
Esto se debe a que la finalidad de la medición de
estas estimaciones contables está relacionada con las percepciones del valor en
un momento concreto, las cuales pueden cambiar significativa y rápidamente
cuando cambia el entorno en el que opera la entidad. Por lo tanto, el auditor
puede centrar su revisión en obtener información que sea relevante para la
identificación y valoración del riesgo de incorrección material.
Por ejemplo, en algunos casos, es poco probable que
la obtención de conocimiento de los cambios habidos en las hipótesis de los
participantes del mercado que afectaron al desenlace de una estimación contable
del valor razonable del periodo anterior proporcione información relevante para
el propósito de la auditoría.
Si es así, la consideración por el auditor del
desenlace de las estimaciones contables del valor razonable del periodo
anterior puede ir más dirigida hacia el conocimiento de la eficacia del
anterior proceso de estimación de la dirección, es decir, del historial de la
dirección, a partir del cual el auditor puede juzgar la eficacia que se puede
esperar del proceso realizado por la dirección en el periodo actual.
Una diferencia entre el desenlace de una estimación
contable y la cantidad reconocida en los estados financieros del periodo
anterior no significa necesariamente que los estados financieros del periodo
anterior contuvieran una incorrección. Sin embargo, sí puede considerarse que
contienen una incorrección si, por ejemplo, la diferencia se debe a información
que estaba a disposición de la dirección al cierre de los estados financieros
del periodo anterior, o que podría esperarse razonablemente que se hubiera
obtenido y tenido en cuenta al preparar dichos estados financieros.
Muchos marcos de información financiera contienen orientaciones
para distinguir entre los cambios en las estimaciones contables que constituyen
incorrecciones y los que no, así como sobre el tratamiento contable que se debe
seguir.
·
Identificación y valoración del riesgo de incorrección material
Incertidumbre en el proceso de estimación (Ref: Apartado 10)
El grado de incertidumbre en la estimación asociado
a una estimación contable puede verse influido por factores tales como:
El grado
en que la estimación contable depende de juicios.
La
sensibilidad de la estimación contable a los cambios en las hipótesis.
La existencia de técnicas de medición reconocidas
que puedan reducir la incertidumbre en la estimación (aunque la subjetividad de
las hipótesis empleadas como datos puede, no obstante, producir incertidumbre
en la estimación).
La amplitud del periodo de pronóstico y la
pertinencia de los datos extraídos de hechos pasados para pronosticar hechos
futuros.
La disponibilidad de datos fiables procedentes de fuentes externas.
El grado en que la estimación contable se basa en
datos observables o no observables.
El grado de incertidumbre en la estimación asociado
a una estimación contable puede influir en la susceptibilidad al sesgo.
Para valorar el riesgo de incorrección material, el
auditor puede también tener en cuenta lo siguiente:
La
magnitud real o esperada de una estimación contable.
La cantidad por la que se ha reconocido la
estimación contable (es decir, la estimación puntual de la dirección) en
relación con la cantidad que el auditor esperaba que se hubiese registrado.
Si la dirección ha recurrido a un experto para realizar la estimación
contable.
El
desenlace de la revisión de las estimaciones contables de periodos anteriores.
A45. Incertidumbre en la estimación elevada y riesgos significativos
(Ref: Apartado 11)
Como ejemplos de estimaciones contables cuyo grado
de incertidumbre en la estimación puede ser elevado cabe citar los siguientes:
Las estimaciones contables que dependen de forma
importante de juicios, por ejemplo juicios sobre el desenlace de litigios
pendientes de resolución o sobre la cantidad y el periodo de obtención de
flujos de efectivo futuros que dependen de hechos inciertos que se producirán
en un futuro lejano.
Las estimaciones contables que no se calculan
empleando técnicas de medición reconocidas.
Las estimaciones contables para las que la revisión
realizada por el auditor de estimaciones contables similares realizadas en los
estados financieros del periodo anterior pone de manifiesto la existencia de
una diferencia sustancial entre la estimación contable original y el desenlace
real.
Las estimaciones contables del valor razonable para
las que se emplea un modelo muy especializado desarrollado por la entidad, o
para las que no existen datos observables.
Una estimación contable que en apariencia es
inmaterial puede originar una incorrección material debido a la incertidumbre
asociada a dicha estimación; es decir, la magnitud de la cantidad de una
estimación contable reconocida o revelada en los estados financieros puede no
ser un indicador de su incertidumbre en la estimación.
En algunas circunstancias, la incertidumbre en la
estimación es tan elevada que no puede realizarse una estimación contable
razonable. El marco de información financiera aplicable puede prohibir el
reconocimiento de la partida en los estados financieros o su medición a valor
razonable.
En estos casos, los riesgos significativos no sólo
se refieren a si una estimación contable debería o no reconocerse, o a si
debería o no medirse a valor razonable, sino también a la adecuación de la
información revelada. Con respecto a estas estimaciones contables, el marco de
información financiera aplicable puede exigir la revelación de información
sobre las estimaciones contables y sobre la elevada incertidumbre en la
estimación asociada a ellas (véanse los apartados A120-A123).
Si el auditor determina que una estimación contable
da lugar a un riesgo significativo, el auditor deberá obtener conocimiento de
los controles de la entidad, incluidas las actividades de control.
En algunos casos, la incertidumbre en la estimación
de una estimación contable puede generar dudas significativas sobre la
capacidad de la entidad de continuar como empresa en funcionamiento. La NIA 570
establece requerimientos y proporciona orientaciones para estos casos.
52. Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material (Ref:
Apartado 12)
La NIA 330 exige que el auditor diseñe y aplique
procedimientos de auditoría cuya naturaleza, momento de realización y extensión
respondan a la valoración de los riesgos de incorrección material en relación
con las estimaciones contables, tanto en los estados financieros como en las
afirmaciones15. Los apartados A53-A115 se centran en las respuestas concretas
relativas sólo a las afirmaciones.
A53. Aplicación de los requerimientos del marco de
información financiera aplicable (Ref: Apartado 12(a))
Muchos marcos de información financiera establecen
determinadas condiciones para el reconocimiento de las estimaciones contables y
especifican los métodos para realizarlas y la información que debe revelarse.
Estos requerimientos pueden ser complejos y
requerir la aplicación del juicio. Sobre la base del conocimiento obtenido al
aplicar los procedimientos de valoración del riesgo, aquellos requerimientos
del marco de información financiera aplicable que puedan ser susceptibles de
una aplicación indebida o de diferentes interpretaciones se convierten en
objeto de atención del auditor.
La determinación de si la dirección ha aplicado
adecuadamente los requerimientos del marco de información financiera aplicable
se basa, en parte, en el conocimiento del auditor sobre la entidad y su
entorno. Por ejemplo, la medición del valor razonable de algunas partidas, como
los activos intangibles adquiridos en una combinación de negocios, puede
implicar consideraciones especiales afectadas por la naturaleza de la entidad y
sus operaciones.
En algunas situaciones, pueden ser necesarios
procedimientos de auditoría adicionales, como la inspección física del estado
en el que se encuentra un activo, para determinar si la dirección ha aplicado
adecuadamente los requerimientos del marco de información financiera aplicable.
La aplicación de los requerimientos del marco de
información financiera aplicable requiere que la dirección tenga en cuenta los
cambios que se produzcan en el entorno o en las circunstancias que afecten a la
entidad. Por ejemplo, la apertura de un mercado activo para una determinada clase
de activo o pasivo puede indicar que la utilización de flujos de efectivo
descontados para estimar el valor razonable de dicho activo o pasivo ya no es
adecuada.
A57.Congruencia de los métodos y de las bases de los cambios (Ref:
Apartado 12(b))
El análisis por parte del auditor de un cambio en
una estimación contable, o en el método para realizarla con respecto al periodo
anterior, es importante, porque un cambio que no se base en una modificación de
las circunstancias o en información nueva se considera arbitrario. Los cambios
arbitrarios en una estimación contable producen estados financieros
incongruentes en el tiempo y pueden originar una incorrección en los estados
financieros, o indicar un posible sesgo de la dirección.
A menudo, la dirección es capaz de demostrar que
hay un buen motivo, basado en un cambio de las circunstancias, para modificar,
de un periodo a otro, una estimación contable o el método para realizarla. Lo
que constituye un buen motivo y si existe una adecuada justificación que avale
la tesis de la dirección de que se ha producido un cambio de las circunstancias
que justifica la modificación de una estimación contable o del método para
realizar una estimación contable, son cuestiones sujetas a juicio.
A59. Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material. (Ref:
Apartado 13)
La decisión del auditor sobre la respuesta,
individual o en combinación con otras, de las enumeradas en el apartado 13 que
debe poner en práctica para responder a los riesgos de incorrección material
puede estar influida por aspectos tales como:
• La
naturaleza de la estimación contable, incluido si tiene o no su origen en
transacciones rutinarias.
•
Si
se espera que el procedimiento o
procedimientos proporcionen al auditor evidencia de auditoría
suficiente y adecuada de forma eficaz.
• La
valoración del riesgo de incorrección material, así como si el riesgo valorado
es un riesgo significativo.
Por ejemplo, al evaluar la razonabilidad de la
provisión para cuentas de dudoso cobro, un procedimiento eficaz para el auditor
puede ser la revisión de los cobros posteriores en combinación con otros
procedimientos. Cuando la incertidumbre en la estimación asociada a una
estimación contable es elevada, por ejemplo una estimación contable basada en
un modelo propio para el que existen datos no observables, puede ocurrir que
para la obtención de una evidencia de auditoría suficiente y adecuada pueda ser
necesaria una combinación de varias de las respuestas a los riesgos valorados
contemplados en el apartado 13.
Los apartados A62-A95 proporcionan orientaciones
adicionales para explicar las circunstancias en las que puede ser adecuada cada
una de las respuestas.
A62. Hechos ocurridos hasta la fecha del informe de auditoría (Ref:
Apartado 13(a))
Determinar si los hechos ocurridos hasta la fecha
del informe de auditoría proporcionan evidencia de auditoría en relación con la
estimación contable puede ser una respuesta adecuada cuando se espera que
dichos hechos:
ocurran; y proporcionen evidencia de auditoría que
confirme o contradiga la estimación contable.
Los hechos ocurridos hasta la fecha del informe de
auditoría en ocasiones pueden proporcionar una evidencia de auditoría
suficiente y adecuada en relación con una estimación contable. Por ejemplo, la
venta de todas las existencias de un producto sustituido por otro poco después
del cierre del periodo puede proporcionar evidencia de auditoría relacionada
con la estimación de su valor realizable neto.
En estos casos, puede no ser necesaria la
aplicación de procedimientos adicionales de auditoría en relación con la
estimación contable, siempre que se obtenga una evidencia de auditoría
suficiente y adecuada sobre los citados hechos.
En
el caso de
|
algunas
|
estimaciones contables, es
poco probable que los
|
hechos
ocurridos
|
hasta la
|
fecha del informe de
auditoría proporcionen evidencia
|
de auditoría en relación con la estimación
contable. Por ejemplo, cuando las condiciones o hechos relacionados con algunas
estimaciones contables sólo se producen a lo largo de un periodo prolongado.
Además, debido a la finalidad de la medición de las estimaciones contables del
valor razonable, la información posterior al cierre del periodo puede no
reflejar los hechos o condiciones existentes a la fecha del balance de
situación y, por lo tanto, puede no ser relevante para la medición de la
estimación contable del valor razonable. En el apartado 13 se enumeran otras
respuestas a los riesgos de incorrección material que puede desarrollar el
auditor.
En algunos casos, los hechos que contradicen la
estimación contable pueden indicar que los procedimientos aplicados por la
dirección para realizar estimaciones contables no son eficaces, o que existe
sesgo de la dirección en la realización de las estimaciones contables.
Aunque el auditor puede decidir no utilizar este
enfoque en relación con estimaciones contables concretas, debe cumplir lo
dispuesto en la NIA 560. El auditor debe aplicar procedimientos de auditoría diseñados
para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que se han
identificado todos los hechos ocurridos entre la fecha de los estados
financieros y la del informe de auditoría que requieren un ajuste o su
revelación en los estados financieros, y de que se han reflejado adecuadamente
en los estados financieros. Debido a que la medición de muchas estimaciones
contables, distintas de las estimaciones contables del valor razonable, depende
normalmente del desenlace de condiciones, transacciones o hechos futuros, es
especialmente aplicable el trabajo a realizar por el auditor establecido en la
NIA 560.
A70. Consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensión
Cuando
el periodo comprendido entre la fecha del balance de situación y la fecha
del informe de auditoría es amplio, la
revisión a realizar por el auditor de los
hechos ocurridos durante dicho periodo puede
ser una respuesta eficaz para las estimaciones contables distintas de las
estimaciones contables del valor razonable.
Concretamente, éste puede ser el caso de algunas
entidades de pequeña dimensión dirigidas por el propietario, especialmente
cuando la dirección no cuenta con procedimientos formales de control de las
estimaciones contables.
·
Realización de pruebas sobre el modo en que la dirección realizó la
estimación contable (Ref: Apartado 13(b))
La realización de pruebas sobre la manera en que la
dirección realizó la estimación contable y los datos en los que ésta se basó
puede ser una respuesta adecuada cuando se trata de una estimación contable del
valor razonable desarrollada con un modelo que emplee datos observables y no
observables. También puede ser una respuesta adecuada cuando, por ejemplo:
• la
estimación contable se obtenga del procesamiento rutinario de datos por el
sistema contable de la entidad;
• la
revisión por parte del auditor de estimaciones contables similares realizadas
en los estados financieros del periodo anterior indique que el procedimiento
aplicado por la dirección en el periodo actual probablemente será eficaz;
• la
estimación contable se base en una gran población de partidas de naturaleza
similar que individualmente no sean significativas.
La realización de pruebas sobre el
modo en que la dirección realizó la estimación contable puede implicar, por
ejemplo:
La comprobación del grado en que los datos en los
que se basa la estimación contable son exactos, completos y pertinentes, y de
si la estimación contable ha sido correctamente obtenida utilizando dichos
datos y las hipótesis de la dirección.
La consideración de la fuente, la pertinencia y la
fiabilidad de los datos o las informaciones externas, incluidos los recibidos
de expertos externos contratados por la dirección para facilitar la realización
de una estimación contable.
El recálculo de la estimación contable y la
revisión de la información sobre una estimación contable en busca de
congruencia interna.
La
consideración de los procesos de revisión y aprobación de la dirección.
·
Consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensión
En el caso de las entidades de pequeña dimensión,
es probable que el proceso para la realización de las estimaciones contables
esté menos estructurado que en las entidades de gran dimensión.
Las entidades de pequeña dimensión que cuenten con
una participación activa de la dirección pueden no tener descripciones
detalladas de procedimientos contables, registros contables sofisticados o
políticas escritas. El hecho de que la entidad no haya establecido un proceso
formal no significa que la dirección no pueda proporcionar una base sobre la
que el auditor pueda probar la estimación contable.
A71. Evaluación del método de medición (Ref: Apartado 13(b)(i))
Cuando el marco de información financiera aplicable
no define el método de medición a aplicar, la evaluación de si el método
utilizado, incluido cualquier modelo aplicable, es adecuado dadas las
circunstancias es una cuestión de juicio profesional.
A estos efectos, los aspectos que el auditor puede
tener en cuenta, incluyen, por ejemplo:
Si el
fundamento de la dirección para la selección del método es razonable.
Si la dirección ha evaluado suficientemente y ha
aplicado adecuadamente los criterios proporcionados, en su caso, por el marco
de información financiera aplicable que sustentan el método seleccionado.
Si el método es adecuado a las circunstancias, dada
la naturaleza del activo o pasivo que está siendo estimado y los requerimientos
del marco de información financiera aplicable a las estimaciones contables.
Si el método es adecuado considerando el negocio,
el sector y el entorno en que opera la entidad.
En algunos casos, la dirección puede haber
determinado que unos métodos diferentes producen un rango de estimaciones
significativamente distintas.
En estos casos, la obtención de conocimiento sobre
el modo en que la entidad ha investigado las causas de estas diferencias puede
facilitar al auditor la evaluación de la
A74. Evaluación de la utilización de modelos
En algunos casos, especialmente al realizar
estimaciones contables del valor razonable, la dirección puede emplear un
modelo. La adecuación del modelo utilizado, teniendo en cuenta las
circunstancias, puede depender de factores tales como la naturaleza de la
entidad y su entorno, incluido el sector en el que opera, y el activo o pasivo
concreto que se esté midiendo.
El grado en que las siguientes condiciones son
relevantes depende de las circunstancias que concurran, en particular si el
modelo se encuentra disponible en el mercado para su utilización en un sector o
industria concretos, o si es un modelo propio. En algunos casos, una entidad
puede utilizar el trabajo de un experto para desarrollar y probar un modelo.
En función de las circunstancias concurrentes, el
auditor también puede tener en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos
para realizar pruebas sobre el modelo:
Si el modelo ha sido validado antes de su
utilización, mediante revisiones periódicas para asegurarse de que sigue siendo
adecuado para su uso previsto. El proceso de validación de la entidad puede
incluir la evaluación de:
o la solidez teórica y la integridad matemática del
modelo, incluida la adecuación de los parámetros del modelo;
o la congruencia e integridad de los datos del
modelo con las prácticas del mercado;
o el resultado del modelo en comparación con las
transacciones reales.
• Si
existen políticas y procedimientos adecuados de control de cambios.
• Si la
validez del modelo se calibra y prueba periódicamente, especialmente cuando los
datos son subjetivos.
• Si se
realizan ajustes al resultado del modelo, lo que incluye, en el caso de las
estimaciones contables del valor razonable, si esos ajustes
• reflejan
las hipótesis que emplearían los participantes en el mercado en circunstancias
similares.
• Si el
modelo está adecuadamente documentado, incluidas las aplicaciones previstas y
las limitaciones del modelo y de sus parámetros clave, los datos necesarios y
los resultados de cualquier análisis de validación realizado.
A77. Hipótesis utilizadas por la dirección (Ref: Apartado 13(b)(ii))
La evaluación por el auditor de las hipótesis
utilizadas por la dirección se basa únicamente en la información disponible por
el auditor en el momento de la realización de la auditoría. Los procedimientos
de auditoría relativos a las hipótesis de la dirección se aplican en el
contexto de la auditoría de los estados financieros de la entidad, y no con la
finalidad de expresar una opinión sobre las propias hipótesis.
Los aspectos que el auditor puede tener en cuenta
para evaluar la razonabilidad de las hipótesis utilizadas por la dirección
incluyen, por ejemplo:
Si las hipótesis individuales parecen razonables.
Si las hipótesis son interdependientes y congruentes entre sí.
Si las hipótesis parecen razonables cuando se
consideran colectivamente o conjuntamente con otras hipótesis, bien para esa
estimación contable o para otras estimaciones contables.
En el caso de estimaciones contables del valor
razonable, si las hipótesis reflejan adecuadamente las hipótesis observables
del mercado.
Las hipótesis en que se basan las estimaciones
contables pueden reflejar las expectativas de la dirección sobre el desenlace
de objetivos y estrategias concretos. En estos casos, el auditor puede aplicar
procedimientos de auditoría para evaluar la razonabilidad de dichas hipótesis
teniendo en cuenta, por ejemplo, si son congruentes con:
el entorno económico general y las circunstancias económicas de la
entidad; los planes de la entidad;
las hipótesis formuladas en periodos anteriores, si son relevantes;
la experiencia de la entidad, o las condiciones
anteriores experimentadas por ella, en la medida en que esta información
histórica pueda considerarse representativa de condiciones o hechos futuros; otras
hipótesis utilizadas por la dirección en relación con los estados financieros.
La razonabilidad de las hipótesis utilizadas puede
depender de la intención y de la capacidad de la dirección para llevar a cabo
determinadas actuaciones. La dirección con frecuencia documenta planes e
intenciones en relación con activos o pasivos concretos y el marco de
información financiera puede exigir que lo haga. Aunque la extensión de la
evidencia de auditoría a obtener en relación con la intención y la capacidad de
la dirección es una cuestión de juicio profesional, los procedimientos del
auditor pueden incluir los siguientes:
La revisión del historial de la dirección en la ejecución de sus
intenciones declaradas. La revisión de planes escritos y otra documentación,
incluidos, en su caso, presupuestos formalmente aprobados, autorizaciones o
actas.
La indagación ante la dirección sobre los motivos para llevar a cabo una
actuación concreta.
La revisión de los hechos ocurridos con
posterioridad a la fecha de los estados financieros y hasta la fecha del
informe de auditoría.
La evaluación de la capacidad de la entidad para
llevar a cabo una actuación concreta dadas las circunstancias económicas de la
entidad, incluidas las implicaciones de sus compromisos.
Sin embargo, algunos marcos de información
financiera pueden no permitir que se tengan en cuenta las intenciones o planes
de la dirección al realizar una estimación contable. Con frecuencia, este es el
caso de las estimaciones contables del valor razonable, ya que la finalidad de
su medición requiere que las hipótesis reflejen las utilizadas por los
participantes en el mercado.
Las cuestiones que el auditor puede tener en cuenta
para evaluar la razonabilidad de las hipótesis utilizadas por la dirección como
base para las estimaciones contables del valor razonable, además de las
descritas anteriormente, en su caso, pueden incluir, por ejemplo:
Cuando sea pertinente, si la dirección ha
incorporado datos específicos del mercado en la formulación de la hipótesis y,
en ese caso, la manera en que lo ha hecho.
Si las hipótesis son congruentes con condiciones
del mercado observables y con las características del activo o pasivo cuyo
valor razonable se está midiendo.
Si las fuentes de las hipótesis de los
participantes en el mercado son pertinentes y fiables, y el modo en que la
dirección ha seleccionado las hipótesis a emplear cuando existen distintas
hipótesis de los participantes en el mercado.
Cuando resulte adecuado, si la dirección ha
considerado las hipótesis utilizadas en transacciones, activos o pasivos
comparables, o la información relativa a ellos, y, en este caso, la manera en
que lo ha considerado.
Además, las estimaciones contables del valor
razonable pueden provenir de datos tanto observables como no observables.
Cuando las estimaciones contables del valor razonable se basan en datos no
observables, los aspectos que el auditor puede tener en cuenta son, por
ejemplo, la justificación de la dirección de los siguientes extremos:
La identificación de las características de los
participantes en el mercado relevantes para la estimación contable.
Las modificaciones que ha realizado en sus propias
hipótesis para reflejar su criterio sobre las hipótesis que emplearían los
participantes en el mercado.
Si ha incorporado la mejor información disponible en dicha situación.
En su caso, el modo en que sus hipótesis tienen en
cuenta transacciones, activos o pasivos comparables.
Si existen datos no observables, es más probable
que, para obtener una evidencia de auditoría suficiente y adecuada, la
evaluación de las hipótesis a realizar por el auditor deba combinarse con otras
respuestas a los riesgos valorados del apartado 13. En estos casos, puede ser
necesario que el auditor aplique otros procedimientos de auditoría, por ejemplo
el examen de la documentación en que se basa la revisión y la aprobación de la
estimación contable por los niveles adecuados de la dirección y, cuando
proceda, por los responsables del gobierno de la entidad.
Al evaluar la razonabilidad de las hipótesis en que
se basa una estimación contable, el auditor puede identificar una o más
hipótesis significativas. Esto puede indicar que la estimación contable tiene
una elevada incertidumbre en la estimación y, por lo tanto, puede producir un
riesgo significativo. En los apartados A102-A115 se describen respuestas
adicionales para hacer frente a los riesgos significativos.
A84. Realización de pruebas sobre la eficacia
operativa de los controles (Ref: Apartado 13(c))
La realización de pruebas sobre la eficacia
operativa de los controles sobre la forma en que la dirección realiza la
estimación contable puede ser una respuesta adecuada cuando el proceso de la
dirección ha sido bien diseñado, implantado y mantenido, por ejemplo:
Existen controles de la revisión y aprobación de
las estimaciones contables por los niveles de dirección adecuados y, cuando
proceda, por los responsables del gobierno de la entidad.
La estimación contable se obtiene del procesamiento
rutinario de datos por el sistema contable de la entidad.
La realización de pruebas sobre la eficacia
operativa de los controles es necesaria cuando:
(a) la valoración por el auditor de los riesgos de
incorrección material en las afirmaciones incorpora una previsión de que los
controles sobre el proceso operan eficazmente; o
(b) los procedimientos sustantivos por sí solos no
proporcionan evidencia de auditoría suficiente y adecuada en las afirmaciones.
A86. Consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensión
En las entidades de pequeña dimensión pueden
existir controles más o menos formales sobre el proceso para la realización de
una estimación contable. Asimismo, dichas entidades pueden determinar que
ciertos tipos de controles no sean necesarios debido a la participación activa
de la dirección en el proceso de información financiera.
En el caso de entidades muy pequeñas, sin embargo,
pueden no existir muchos controles que el auditor pueda identificar. Por este
motivo, la respuesta del auditor a los riesgos valorados probablemente sea de
naturaleza sustantiva, y el auditor aplicará una o más de las respuestas
incluidas en el apartado 13.
A87. Realización de una estimación puntual o fijación de un rango (Ref:
Apartado 13(d))
La realización de una estimación puntual o el
establecimiento de un rango para evaluar la estimación puntual de la dirección
puede ser una respuesta adecuada cuando, por ejemplo:
una estimación contable no se obtenga del
procesamiento rutinario de datos por el sistema contable;
la revisión realizada por el auditor de
estimaciones contables similares realizadas en los estados financieros del
periodo anterior indique que es poco probable que el proceso de la dirección en
el periodo actual sea eficaz; los controles de la entidad, tanto los
incluidos en los procedimientos aplicados por la dirección para la determinación de
las estimaciones contables
como los que se
aplican sobre estos procedimientos,
no estén bien
diseñados o correctamente
implantados; los hechos o transacciones ocurridos entre el
cierre del periodo y la fecha del informe de auditoría contradigan la
estimación puntual de la dirección; existan fuentes alternativas de datos relevantes a
disposición del auditor que puedan ser utilizados para realizar una estimación
puntual o establecer un rango.
Incluso cuando los controles de la entidad están
bien diseñados y correctamente implantados, la realización de una estimación
puntual o el establecimiento de un rango puede ser una respuesta eficaz o
eficiente a los riesgos valorados. En otras situaciones, el auditor puede
considerar este enfoque para determinar si son necesarios procedimientos posteriores
y, en su caso, su naturaleza y extensión.
El enfoque adoptado por el auditor para la
realización de una estimación puntual o para el establecimiento de un rango
puede variar en función de lo que se considere más eficaz en una situación concreta.
Por ejemplo, el auditor puede inicialmente realizar
una estimación puntual preliminar y, posteriormente, valorar su sensibilidad a
los cambios en las hipótesis para establecer un rango con el que evaluar la
estimación puntual de la dirección, o bien el auditor puede comenzar por
establecer un rango para realizar, si es posible, una estimación puntual.
La capacidad del auditor para realizar una
estimación puntual, en vez de establecer un rango, depende de varios factores,
incluidos el modelo utilizado, la naturaleza y la extensión de los datos
disponibles y la incertidumbre en la estimación asociada a la estimación
contable.
Además,
la decisión de realizar una estimación puntual o
de establecer un rango
puede verse influida por el marco de información financiera aplicable,
que puede establecer que la estimación puntual se
realice una vez analizados los desenlaces e hipótesis alternativos, o imponer
un método de medición concreto (por ejemplo, el uso de un valor esperado descontado,
ponderado por la probabilidad).
El auditor puede realizar una estimación puntual o establecer un rango,
de diversas formas. Por ejemplo:
• Empleando
un modelo, por ejemplo uno que esté disponible en el mercado para su
utilización en un sector o industria concreto, o un modelo propio o
desarrollado por el auditor.
• Profundizando
en el análisis efectuado por la dirección de hipótesis o desenlaces
alternativos; por ejemplo introduciendo un conjunto de hipótesis diferente.
• Empleando
o contratando a una persona especializada para desarrollar o ejecutar el
modelo, o para proporcionar hipótesis relevantes.
• Haciendo
referencia a otras condiciones, transacciones o hechos comparables, o, cuando
sea relevante, a mercados de activos o pasivos comparables.
A92. Conocimiento de las hipótesis o del método de la dirección (Ref:
Apartado 13(d)(i))
Cuando el auditor realiza una estimación puntual o
establece un rango y utiliza hipótesis o un método distintos de los empleados
por la dirección, el apartado 13(d)(i) requiere que el auditor obtenga
conocimiento suficiente de las hipótesis o del método utilizados por la
dirección en la realización de la estimación contable. Este conocimiento
proporciona al auditor información que puede ser relevante para la realización
por el auditor de una estimación puntual adecuada o para el establecimiento de
un rango adecuado.
Además,
le facilita la comprensión y evaluación de cualquier diferencia.
Por
ejemplo significativa respecto a la estimación puntual de la dirección. Por
ejemplo
puede surgir una diferencia porque el auditor haya
utilizado hipótesis distintas, aunque igualmente válidas, de las utilizadas por
la dirección.
Esto puede poner de manifiesto que la estimación
contable es muy sensible a ciertas hipótesis y que, por lo tanto, está sujeta a
una elevada incertidumbre en la estimación, lo que indica que la estimación
contable puede constituir un riesgo significativo. En otro caso, puede surgir
una diferencia como resultado de un error de hecho cometido por la dirección.
Dependiendo de las circunstancias, con la finalidad
de alcanzar conclusiones al auditor le puede ser de utilidad discutir con la
dirección la base de las hipótesis utilizadas y su validez, así como la diferencia,
en su caso, en el enfoque adoptado para realizar la estimación contable.
A93.Reducción de un rango (Ref: Apartado 13(d)(ii))
Cuando el auditor llega a la conclusión de que es
adecuado utilizar un rango para evaluar la razonabilidad de la estimación
puntual de la dirección (el rango del auditor), el apartado 13(d)(ii) requiere
que el rango abarque todos los “desenlaces razonables” en lugar de todos los
desenlaces posibles.
Para que sea útil, el rango no puede incluir todos
los desenlaces posibles, ya que sería demasiado amplio para ser eficaz para la
auditoría. El rango fijado por el auditor es útil y eficaz cuando es lo
suficientemente pequeño como para permitir al auditor concluir si la estimación
contable es incorrecta.
Normalmente, un rango que ha sido reducido hasta
ser igual o inferior a la importancia relativa para la ejecución del trabajo es
adecuado para la evaluación de la razonabilidad de la estimación puntual de la
dirección. Sin embargo, especialmente en algunos sectores, puede ser imposible
reducir el rango por debajo de ese nivel. Esto no impide necesariamente que la
estimación contable sea reconocida.
Sin embargo, puede indicar que la incertidumbre en
la estimación asociada a la estimación contable es tal que da lugar a un riesgo
significativo. En los apartados A102-A115 se describen otras formas adicionales
de hacer frente a riesgos significativos.
La reducción del rango hasta que todos los
desenlaces incluidos en él se consideren razonables puede lograrse de las
siguientes formas:
(a) eliminando del rango aquellos desenlaces
situados en sus extremos cuya ocurrencia el auditor juzgue poco probable; y
(b) reduciendo el rango, basándose en la evidencia
de auditoría disponible, hasta que el auditor concluya que todos los desenlaces
incluidos en el rango se consideran razonables.
En casos excepcionales, el auditor puede ser capaz de reducir
el rango hasta el punto en que la evidencia de
auditoría indique una estimación puntual.
A96. Consideración de la necesidad de cualificaciones
o conocimientos especializados (Ref: Apartado 14)
Al planificar la auditoría, el auditor debe
establecer la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los
recursos necesarios para la realización del encargo de auditoría. Esto puede
incluir, cuando sea necesario, la participación de personas con cualificaciones
o conocimientos especializados. Asimismo, la NIA 220 requiere que el socio del
encargo se satisfaga de que el equipo del encargo, así como cualesquiera
expertos externos del auditor que no formen parte del equipo del encargo,
tengan, en conjunto, la competencia y la capacidad para realizar la auditoría.
En el transcurso de la auditoría de estimaciones
contables, el auditor puede identificar, teniendo en cuenta su experiencia y
las circunstancias del encargo, la necesidad de recurrir a cualificaciones o
conocimientos especializados en relación con uno o más aspectos de las
estimaciones contables.
Los aspectos que pueden afectar a la consideración por el auditor de si
son necesarias cualificaciones o conocimientos especializados incluyen por
ejemplo:
• La
naturaleza del activo, pasivo o componente del patrimonio neto en un negocio o
sector concreto (por ejemplo, yacimientos minerales, activos agrícolas,
instrumentos financieros complejos).
•
Un alto
grado de incertidumbre en la estimación.
• La
necesidad de cálculos complejos o modelos especializados, por ejemplo, al
estimar valores razonables cuando no existe un mercado observable.
• La complejidad
de los requerimientos del marco de información financiera aplicable relativos a
las estimaciones contables, incluida la existencia de áreas sujetas a distintas
interpretaciones o a prácticas incongruentes o en proceso de desarrollo.
• Los
procedimientos que el auditor tiene la intención de desarrollar para responder
a los riesgos valorados.
Para la mayoría de las estimaciones contables,
incluso cuando existe incertidumbre en la estimación, es poco probable que sea
necesario contar con cualificaciones o conocimientos especializados. Por
ejemplo, es poco probable que sean necesarios cualificaciones o conocimientos
especializados para que un auditor evalúe una corrección valorativa
correspondiente a cuentas de dudoso cobro.
Sin embargo, el auditor puede no poseer las
cualificaciones o conocimientos especializados necesarios cuando la materia en
cuestión pertenece a un campo distinto al de la contabilidad o al de la
auditoría, y puede necesitar obtenerlos de un experto del auditor. La NIA 620
establece requerimientos y proporciona orientaciones para la determinación de
la necesidad de emplear o contratar a un experto del auditor y las
responsabilidades del auditor cuando utiliza el trabajo de dicho experto.
Además, en algunos casos, el auditor puede llegar a
la conclusión de que es necesario obtener cualificaciones o conocimientos
especializados relacionados con áreas específicas de la contabilidad o de la
auditoría. Las personas que poseen estas cualificaciones o conocimientos
especializados pueden ser empleados de la firma de auditoría o contratadas a
una organización externa a la firma de auditoría. Cuando estas personas aplican
procedimientos de auditoría para el encargo, forman parte del equipo del
encargo y, por consiguiente, están sujetas a los requerimientos de la NIA 220.
Según los conocimientos y la experiencia que tenga
el auditor en el trabajo con su experto u otras personas con cualificaciones o
conocimientos especializados, el auditor puede considerar adecuado comentar con
estas personas asuntos tales como los requerimientos del marco de información
financiera aplicable con el fin de dejar claro que su trabajo es pertinente
para la auditoría.
A102. Procedimientos posteriores sustantivos para
responder a los riesgos significativos (Ref: Apartado 15)
En la auditoría de las estimaciones contables que
dan lugar a riesgos significativos, los procedimientos posteriores sustantivos
del auditor se centran en la evaluación de:
(a) la manera en que la dirección ha valorado el efecto
de la incertidumbre en la estimación sobre la estimación contable, y el efecto
que puede tener esa incertidumbre sobre la consideración de si es adecuado
reconocer la estimación contable en los estados financieros; y
(b)
la adecuación de la información revelada relacionada.
·
Incertidumbre en la estimación
Consideración por la dirección de la incertidumbre
en la estimación (Ref: Apartado 15(a))
La dirección puede evaluar hipótesis o desenlaces
alternativos de las estimaciones contables a través de distintos métodos,
dependiendo de las circunstancias. Un método que puede utilizar la dirección es
llevar a cabo un análisis de sensibilidad. Esto podría conllevar la
determinación del modo en que el importe de una estimación contable varía en
función de distintas hipótesis.
Incluso cuando se trata de estimaciones contables
medidas a valor razonable, el uso de diferentes hipótesis por los distintos
participantes en el mercado puede dar lugar a diferencias. El análisis de
sensibilidad puede llevar al establecimiento de varios escenarios de desenlace,
en ocasiones caracterizados por la dirección como un rango de desenlaces, tales
como escenarios "pesimista" y "optimista".
Un análisis de sensibilidad puede demostrar que una
estimación contable no es sensible a los cambios en hipótesis concretas. O bien
puede demostrar que la estimación contable es sensible a una o más hipótesis,
que se convierten entonces en el objeto de atención del auditor.
Esto no quiere decir que un método concreto de
tratar la incertidumbre en la estimación (como un análisis de sensibilidad) sea
más adecuado que otro, o que el hecho de que la dirección considere hipótesis o
desenlaces alternativos deba realizarse mediante un proceso detallado basado en
una documentación amplia. Lo importante es si la dirección ha valorado la forma
en que la incertidumbre en la estimación puede afectar a la estimación
contable, y no el método concreto utilizado. Por consiguiente, cuando la
dirección no ha tenido en cuenta hipótesis o desenlaces alternativos, puede ser
necesario que el auditor discuta con la dirección, y solicite justificación,
sobre la manera en la que ha tratado los efectos de la incertidumbre en la
estimación sobre la estimación contable.
A106. Consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensión
Las entidades de pequeña dimensión pueden emplear
medios sencillos para valorar la incertidumbre en la estimación. Además de
revisar la documentación disponible, el auditor puede obtener otra evidencia de
auditoría, a través de la indagación ante la dirección, del análisis efectuado
por la dirección de hipótesis o desenlaces alternativos.
Por otro lado, la dirección puede no tener la
especialización necesaria para tener en cuenta desenlaces alternativos o para
tratar, de otra manera, la incertidumbre en la estimación asociada a la
estimación contable. En estos casos, el auditor puede explicar a la dirección
el proceso o los distintos métodos disponibles para hacerlo, y la forma de
documentarlos. Esto no modifica, sin embargo, las responsabilidades de la
dirección relativas a la preparación de los estados financieros.
A107. Hipótesis significativas (Ref: Apartado 15(b))
Una hipótesis utilizada en la realización de una
estimación contable puede considerarse significativa si una variación razonable
en la hipótesis afecta de forma material a la medición de la estimación
contable.
Para fundamentar hipótesis significativas basadas
en los conocimientos de la dirección se puede acudir a los procesos continuos
de análisis estratégico y de gestión del riesgo llevados a cabo por la
dirección. Incluso cuando no se hayan establecido procesos formales, como puede
ocurrir en el caso de las entidades de pequeña dimensión, el auditor puede evaluar
las hipótesis a través de indagaciones ante la dirección y de discusiones con
esta, además de aplicar otros procedimientos de auditoría, para obtener una
evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
Los aspectos a tener en cuenta por el auditor para
la evaluación de las hipótesis realizadas por la dirección se describen en los
apartados A77-A83.
A110.Intención
y capacidad de la dirección (Ref: Apartado 15(c))
Los aspectos a tener en cuenta por el auditor en
relación con las hipótesis adoptadas por la dirección y la intención y
capacidad de la dirección se describen en los apartados A13 y A80.
A111. Establecimiento de un rango (Ref: Apartado 16)
Al preparar los estados financieros, la dirección
puede estar convencida de haber tratado adecuadamente los efectos de la
incertidumbre en la estimación sobre las estimaciones contables que dan lugar a
riesgos significativos. En algunos casos, sin embargo, el auditor puede
considerar que los esfuerzos de la dirección son inadecuados. Esto puede ocurrir,
por ejemplo, cuando, a juicio del auditor:
De la evaluación realizada por él sobre la manera
en que la dirección ha tratado los efectos de la incertidumbre en la
estimación, no ha podido obtenerse evidencia de auditoría suficiente y
adecuada; es necesario analizar más detalladamente el grado de incertidumbre en
la estimación asociado a una estimación contable;
por ejemplo, cuando el auditor es consciente de la
existencia de una amplia variación en los desenlaces para estimaciones
contables similares en circunstancias similares; es poco probable que pueda
obtenerse otra evidencia de auditoría; por ejemplo, mediante la revisión de
hechos ocurridos hasta la fecha del informe de auditoría; pueden existir
indicadores de sesgo de la dirección en la realización de estimaciones
contables.
Los aspectos a tener en cuenta por el auditor para
determinar un rango a estos efectos se describen en los apartados A87-A95.
·
Criterios de reconocimiento y medición
A113. Reconocimiento de las estimaciones contables
en los estados financieros (Ref: Apartado 17(a))
Cuando la dirección ha reconocido una estimación
contable en los estados financieros, en su evaluación el auditor se centra en
determinar si la medición de la estimación contable es lo suficientemente
fiable como para cumplir los criterios de reconocimiento del marco de
información financiera aplicable.
Con respecto a las estimaciones contables que no
han sido reconocidas, en su evaluación el auditor se centra en determinar si se
han cumplido los criterios de reconocimiento del marco de información
financiera aplicable. Incluso en el caso de que una estimación contable no
hubiera sido reconocida, y el auditor concluyera que este tratamiento es
adecuado, puede ser necesario revelar información en las notas explicativas de
los estados financieros sobre las circunstancias que concurren.
El auditor también puede determinar que existe la
necesidad de llamar la atención del lector sobre la existencia de una
incertidumbre significativa añadiendo un párrafo de énfasis en el informe de
auditoría. La NIA 706 establece los requerimientos y proporciona orientaciones
en relación con dichos párrafos.
A115.
Base de medición de las estimaciones contables (Ref: Apartado 17(b))
Con respecto a las estimaciones contables del valor
razonable, en algunos marcos de información financiera se asume, como requisito
previo para exigir o permitir mediciones del valor razonable y revelación de
información al respecto, que el valor razonable puede medirse de manera fiable.
En algunos casos, esta presunción puede obviarse cuando, por ejemplo, no existe
un método o base adecuado para la medición.
En estos casos, en su evaluación el auditor se
centra en determinar si son adecuados los fundamentos en los que se ha basado
la dirección para obviar la presunción relativa al uso del valor razonable
establecida en el marco de información financiera aplicable.
A116. Evaluación de la razonabilidad de las
estimaciones contables y determinación de incorrecciones (Ref: Apartado 18)
Sobre la base de la evidencia de auditoría
obtenida, el auditor puede concluir que la evidencia pone de manifiesto la
existencia de una estimación contable que difiere de la estimación puntual de
la dirección. Cuando la evidencia de auditoría avala una estimación puntual, la
diferencia entre la estimación puntual del auditor y la estimación puntual de
la dirección constituye una incorrección.
Cuando
el auditor ha llegado a la conclusión de que utilizar el rango establecido por
el auditor proporciona evidencia de auditoría suficiente y adecuada, una
estimación puntual de la dirección que se encuentre fuera del rango del auditor
no estaría avalada por evidencia de auditoría. En estos casos, la incorrección
no será inferior a la diferencia entre la estimación puntual de la dirección y
el punto más cercano dentro del rango determinado por el auditor.
Cuando la dirección ha modificado una estimación
contable, o el método para realizarla, con respecto al periodo anterior,
basándose en una valoración subjetiva por la que se considera que se ha
producido un cambio en las circunstancias, el auditor puede concluir, sobre la
base de la evidencia de auditoría obtenida, que la estimación contable es
incorrecta como consecuencia de un cambio arbitrario de la dirección, o puede
considerarlo un indicador de posible sesgo de la dirección (véanse los
apartados A124-A125).
La NIA 450 proporciona orientaciones para
distinguir las incorrecciones a efectos de la evaluación a realizar por el
auditor del efecto de las incorrecciones no corregidas en los estados
financieros. En relación con las estimaciones contables, una incorrección, ya
sea como consecuencia de fraude o error, puede surgir debido a:
•
incorrecciones
sobre las que no existe duda alguna (incorrecciones de hecho);
• diferencias
derivadas de juicios de la dirección en relación con las estimaciones contables
que el auditor no considera razonables, o de la elección o aplicación de
políticas contables que el auditor considera inadecuadas (incorrecciones de
juicio);
• la mejor
estimación del auditor de las incorrecciones en poblaciones, lo cual implica la
proyección de incorrecciones identificadas en muestras de auditoría al total de
las poblaciones de las que se extrajeron las muestras (incorreciones
proyectadas).
En algunos casos en los que se realizan
estimaciones contables, una incorrección puede surgir como resultado de una
combinación de estas circunstancias, resultando difícil o imposible la
identificación por separado de cada una de ellas.
La evaluación de la razonabilidad de las
estimaciones contables y de la información sobre estas revelada en las notas
explicativas de los estados financieros, voluntariamente o por exigencia del
marco de información financiera aplicable, implica esencialmente los mismos
tipos de consideraciones aplicados a la auditoría de una estimación contable
reconocida en los estados financieros.
·
Revelación de información relacionada con las estimaciones contables
A120. Información a revelar de conformidad con el
marco de información financiera aplicable (Ref: Apartado 19)
La presentación de estados financieros de
conformidad con el marco de información financiera aplicable incluye una
adecuada revelación de información sobre cuestiones materiales. El marco de
información financiera aplicable puede permitir, o exigir, que se revele
información en relación con las estimaciones contables, y algunas entidades
pueden revelar voluntariamente información adicional en las notas explicativas
de los estados financieros. Esta información puede incluir, por ejemplo:
• Las
hipótesis utilizadas.
• El método
de estimación empleado, incluido cualquier modelo aplicable.
• La base
para la selección del método de estimación.
• El efecto
de cualquier cambio en el método de estimación con respecto al periodo
anterior.
•
Las
fuentes y las consecuencias de la incertidumbre en la estimación.
Esta información es relevante para la comprensión
de las estimaciones contables reconocidas o reveladas en los estados
financieros por parte de los usuarios, y es necesario obtener evidencia de
auditoría suficiente y adecuada sobre si la información revelada se adecúa a
los requerimientos del marco de información financiera aplicable.
En algunos casos, el marco de información
financiera aplicable puede exigir que se revele información específica en
relación con las incertidumbres. Por ejemplo, algunos marcos de información
financiera prescriben:
La revelación de información sobre hipótesis clave
y otras fuentes de incertidumbre en la estimación que supongan un riesgo
significativo de dar lugar a un ajuste material de los valores contables de
activos y pasivos. Estos requerimientos pueden describirse empleando términos
tales como “Principales fuentes de incertidumbre en la estimación” o
“Estimaciones contables críticas”.
La revelación de información sobre el rango de los
desenlaces posibles y las hipótesis empleadas en la determinación del rango.
La revelación
de informacion sobre la significancia de las estimaciones contables del valor
razonable respecto de la situación financiera y los resultados de la entidad.
Información a revelar cualitativa, como la
exposición al riesgo y el modo en que éste surge, los objetivos, políticas y
procedimientos de la entidad para gestionar el riesgo y los métodos empleados
para medir el riesgo, así como cualquier cambio de estos aspectos cualitativos
con respecto al periodo precedente.
Información a revelar cuantitativa, como el grado
en que la entidad se encuentra expuesta al riesgo, sobre la base de la
información proporcionada internamente al personal directivo clave de la
entidad, incluido el riesgo crediticio, el riesgo de liquidez y el riesgo de mercado.
A122. Información revelada sobre la existencia de
incertidumbre en el proceso de estimación de estimaciones contables que dan
lugar a riesgos significativos (Ref: Apartado 20)
En
relación con las estimaciones contables
que constituyen un riesgo significativo,
el auditor puede llegar a la conclusión de que la revelación de información sobre la incertidumbre en la estimación
es insuficiente teniendo en cuenta las circunstancias y los hechos que
concurran, incluso cuando la información revelada se adecúe a lo dispuesto en
el marco de información financiera aplicable.
La importancia de la evaluación por el auditor de
la adecuación de la información proporcionada sobre la incertidumbre en la
estimación aumenta cuanto mayor sea el rango de desenlaces posibles de la
estimación contable en relación con la importancia relativa (véase el
comentario relacionado del apartado A94).
En
algunos casos, el auditor puede considerar adecuado proponer a la dirección la
descripción, en las notas explicativas de los estados financieros, de las
circunstancias relacionadas con la incertidumbre en la estimación. La NIA 705
proporciona orientaciones sobre las implicaciones en el informe de auditoría
del hecho de que el auditor considere que la información revelada por la
dirección en los estados financieros sobre la incertidumbre en la estimación es
inadecuada o induce a error.
A124.
Indicadores de la existencia de posible sesgo de la dirección (Ref: Apartado
21)
Durante la realización de la auditoría, el auditor
puede tener conocimiento de juicios y decisiones de la dirección que den lugar
a indicadores de posible sesgo de ésta. Estos indicadores pueden afectar a la
conclusión del auditor sobre si la valoración del riesgo realizada por aquél y
las correspondientes respuestas siguen siendo adecuadas, pudiendo éste tener
que considerar las implicaciones que la existencia de dichos indicadores
tendría para el resto del trabajo de auditoría.
Además,
pueden afectar a la evaluación a realizar por el auditor sobre si los estados
financieros, en su conjunto, están libres de incorrección material, como
describe la NIA 700.
Como ejemplos de indicadores de la posible
existencia de sesgo de la dirección con respecto a las estimaciones contables
cabe citar:
• Los
cambios en una estimación contable, o en el método para realizarla, cuando la
dirección haya realizado una evaluación subjetiva por la que concluye que se ha
producido un cambio de circunstancias.
• La
utilización de hipótesis propias de la entidad para la realización de las
estimaciones contables del valor razonable cuando sean incongruentes con las
hipótesis observables en el mercado.
• La
selección o construcción de hipótesis significativas que den como resultado una
estimación puntual favorable a los objetivos de la dirección.
• La
selección de una estimación puntual que pueda indicar la existencia de un
modelo optimista o pesimista.
A126. Manifestaciones escritas (Ref: Apartado 22)
La NIA 580 describe el uso de las manifestaciones
escritas. Dependiendo de la naturaleza, la importancia relativa y el grado de
incertidumbre en la estimación, las manifestaciones escritas sobre las
estimaciones contables reconocidas o reveladas en los estados financieros pueden
incluir manifestaciones sobre las siguientes cuestiones:
La adecuación de los procesos de medición,
incluidas las hipótesis y modelos relacionados, utilizados por la dirección
para realizar las estimaciones contables en el contexto del marco de información
financiera aplicable, y la congruencia en la aplicación de dichos procesos.
El hecho de que las hipótesis reflejan
adecuadamente la intención y la capacidad de la dirección de llevar a cabo
actuaciones concretas en nombre de la entidad, cuando sean relevantes para las
estimaciones contables y la información revelada.
La integridad y adecuación de la información
revelada relacionada con estimaciones contables según el marco de información
financiera aplicable.
El que ningún hecho posterior hace necesario un
ajuste de las estimaciones contables ni de la información revelada incluidas en
los estados financieros.
En el caso de las estimaciones contables no
reconocidas ni reveladas en los estados financieros, las manifestaciones
escritas también pueden incluir manifestaciones sobre:
la adecuación de las bases tenidas en cuenta por la
dirección para concluir que no se cumplen los criterios de reconocimiento o
revelación de información del marco de información financiera aplicable (véase
el apartado A114); la adecuación de las bases tenidas en cuenta por la
dirección para no considerar procedente la presunción establecida en el marco
de información financiera aplicable a la entidad relativa a la utilización del
valor razonable, respecto de aquellas estimaciones contables no medidas o
reveladas a valor razonable. (véase el apartado A115).
A128. Documentación (Ref: Apartado 23)
La documentación de los indicadores de posible
sesgo en la dirección identificados durante la realización de la auditoría
facilita al auditor la conclusión sobre si la valoración del riesgo realizada
por el auditor y las correspondientes respuestas continúan siendo adecuadas, y
la evaluación de si los estados financieros en su conjunto están libres de
incorrección material.
Véanse ejemplos de la existencia de posible sesgo
de la dirección en el apartado A125.
-
Mediciones del valor razonable e información a revelar según los distintos
marcos de información financiera
La finalidad de este anexo es únicamente proporcionar
una descripción general de las mediciones del valor razonable y de la
información a revelar según los distintos marcos de información financiera,
para conocer su entorno y contexto.
1. Los diferentes marcos de información financiera
requieren o permiten diversas formas de medir el valor razonable y de revelar
información al respecto en los estados financieros. También varía el grado de
guía que proporcionan sobre la base de medición de los activos y pasivos o
sobre la correspondiente información a revelar. Algunos marcos de información
financiera ofrecen orientaciones preceptivas, otros ofrecen orientaciones
generales y otros no ofrecen orientaciones de ningún tipo. Además, existen
algunas prácticas en relación con la medición del valor razonable y la
información a revelar específicas de determinados sectores.
2. Las definiciones de valor razonable pueden
diferir según los distintos marcos de información financiera, o dentro de un
mismo marco, según los diferentes activos, pasivos o la información a revelar.
Por ejemplo, la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 39 (International
Accounting Standard (IAS) 39) define el valor razonable como “la cantidad por
la que podría intercambiarse un activo, o liquidarse un pasivo, entre partes
interesadas y debidamente informadas que realicen una transacción en
condiciones de independencia mutua”. El concepto de valor razonable normalmente
se basa en una transacción actual, y no en una transacción en alguna fecha
pasada o futura. Por consiguiente, el proceso de medición del valor razonable
sería una búsqueda del precio estimado al que tendría lugar esa transacción.
Por otro lado, los distintos marcos de información financiera pueden emplear
términos como “valor específico de la entidad”, “valor en uso” u otros
similares, que también entrarían dentro del concepto de valor razonable de esta
NIA.
3.
Los marcos de información financiera pueden tratar de distinta forma los
cambios en las mediciones del valor razonable que tienen lugar a lo largo del
tiempo. Por ejemplo, un determinado marco de información financiera puede
exigir que los cambios en el valor razonable de determinados activos o pasivos
se recojan directamente en el patrimonio neto, mientras que, conforme a otro
marco, esos cambios pueden recogerse en los resultados. En algunos marcos, la
intención de la dirección de llevar a cabo determinadas actuaciones con
respecto a un activo o pasivo concreto influye en la procedencia de la
utilización del valor razonable en su contabilización y en el modo en que se ha
de aplicar.
4.
Diferentes marcos de información financiera pueden requerir determinadas
mediciones específicas del valor razonable e información a revelar en los
estados financieros y exigirlas o permitirlas en grados diversos. Los marcos de
información financiera pueden:
definir requerimientos de medición, presentación y
revelación de información para determinada información incluida en los estados
financieros, o para la información revelada en las notas explicativas de los
estados financieros o presentada como información adicional; dar la opción a la
entidad de efectuar determinadas mediciones a valor razonable o permitirlo sólo
cuando se cumplen determinadas condiciones; prescribir un método específico
para determinar el valor razonable; por ejemplo mediante la utilización de una
tasación independiente o métodos específicos utilizando los flujos de efectivo
descontados; permitir la elección de un método para la determinación del valor
razonable de entre varios métodos alternativos (el marco de información
financiera puede o no proporcionar los criterios de selección); o no
proporcionar ninguna orientación sobre las mediciones del valor razonable y la
información a revelar distinta a la de la evidencia de su uso por costumbre o
práctica; por ejemplo, como práctica sectorial.
5. En algunos marcos de información financiera se
presume que el valor razonable de los activos y pasivos puede ser medido de
manera fiable, como requisito previo para exigir o permitir las mediciones del
valor razonable o la revelación de información sobre este último. En algunos
casos, esta presunción no es aplicable, por ejemplo cuando un activo o pasivo
no tiene un precio de mercado cotizado en un mercado activo y los demás métodos
para llegar a una estimación factible del valor razonable son inadecuados o
impracticables. Algunos marcos de información financiera pueden establecer una
jerarquía para el valor razonable basada en los datos que deben utilizarse para
obtener el valor razonable, que van desde aquellos que sean claramente “datos
observables”, basados en precios cotizados y en mercados activos, hasta los
“datos no observables" que implican juicios de la propia entidad sobre las
hipótesis que utilizarían los participantes en el mercado.
6. Algunos marcos de información financiera
requieren determinados ajustes o modificaciones especificados en la información
utilizada en la valoración, o contienen otras consideraciones exclusivas para
un activo o pasivo concreto. Por ejemplo, al registrar las inversiones
inmobiliarias se puede exigir la realización de ajustes de las tasaciones del
valor de mercado, como, por ejemplo, ajustes por costes asociados a la
transacción en los que la entidad pueda incurrir a causa de la venta, ajustes
relacionados con el estado y ubicación del inmueble, así como otras
circunstancias. De forma similar, si el mercado de un determinado activo no es
un mercado activo, puede ser necesario ajustar o modificar las cotizaciones
publicadas para obtener una medida del valor razonable más adecuada. Por
ejemplo, los precios de cotización pueden no ser indicativos del valor
razonable si el mercado es poco activo, el mercado no está bien implantado, o
si se negocian volúmenes pequeños de unidades en comparación con el número agregado
de unidades que existen para la negociación. Por consiguiente, dichos precios
de mercado pueden tener que ajustarse o modificarse.
Para realizar dichos ajustes o modificaciones
pueden ser necesarias fuentes alternativas de información de mercado. Además,
en algunos casos, puede ser necesario tener en cuenta la garantía asignada (por
ejemplo, cuando se asigna una garantía a determinados tipos de inversión en
deuda) para determinar el valor razonable o el posible deterioro de un activo o
pasivo.
7. En la mayoría de los marcos de información
mediciones a valor razonable está la presunción empresa en funcionamiento sin
ninguna intención
financiera, bajo el concepto de de que la entidad actúa como o necesidad de liquidar, reducir
de forma material la escala de sus operaciones o
realizar una transacción en condiciones adversas. Por lo tanto, en este caso,
el valor razonable no sería la cantidad que una entidad recibiría o pagaría en
una transacción forzosa, una liquidación involuntaria, o una venta apremiante.
Por otra parte, la situación económica general o
las condiciones económicas específicas de determinados sectores pueden producir
iliquidez en el mercado y obligar a basar los valores razonables en precios
reducidos, potencialmente en precios significativamente reducidos. Sin embargo,
una entidad puede tener que tomar en consideración su situación económica u
operativa actual para la determinación de los valores razonables de sus activos
y pasivos si así lo prescribe o permite su marco de información financiera, y
dicho marco puede o no especificar la manera de hacerlo. Por ejemplo, el plan
de la dirección de enajenar un activo de forma inmediata para satisfacer
objetivos empresariales concretos puede ser pertinente para determinar el valor
razonable de ese activo.
Prevalencia de las mediciones a valor razonable
En los marcos de información financiera cada vez es
mayor la prevalencia de las mediciones y revelaciones de información basadas en
el valor razonable. Los valores razonables pueden aparecer e influir en los
estados financieros de varias maneras, incluida la medición a valor razonable
de:
•
activos o pasivos específicos, tales como valores negociables o compromisos de
hacer frente a una obligación de pago mediante un instrumento financiero,
valorados a precio de mercado de manera rutinaria o periódica;
•
componentes específicos del patrimonio neto, por ejemplo al contabilizar el
reconocimiento, medición y presentación de determinados instrumentos
financieros con características del patrimonio neto, tales como obligaciones
convertibles por el tenedor en acciones ordinarias del emisor;
• determinados activos o pasivos adquiridos en una
combinación de negocios: por ejemplo, la determinación inicial del fondo de comercio
originado por la adquisición de una entidad en una combinación de negocios se
basa normalmente en la medición a valor razonable de los activos y pasivos
adquiridos identificables y el valor razonable de la contrapartida;
• determinados activos o pasivos ajustados a valor
razonable en una ocasión específica; algunos marcos de información financiera
pueden requerir la utilización de una medición a valor razonable para
cuantificar un ajuste de un activo o de un grupo de activos como parte de la
determinación del deterioro de activos, por ejemplo, la realización de pruebas
sobre el deterioro de un fondo de comercio adquirido en una combinación de
negocios basado en el valor razonable de una determinada entidad operativa o
unidad de información, cuyo valor es distribuido entre los activos y pasivos de
la entidad o de la unidad con el fin de determinar el fondo de comercio
implícito para su comparación con el fondo de comercio registrado;
• agregaciones de activos y pasivos: en algunas
circunstancias, la medición de una categoría o grupo de activos o pasivos
requiere la agregación de los valores razonables de algunos de los activos o
pasivos individuales de dicha categoría o grupo; por ejemplo, de acuerdo con un
marco de información financiera aplicable de una entidad, la medición de una
cartera de préstamos diversificada podría determinarse sobre la base del valor
razonable de algunas categorías de préstamos que formen la cartera;
• información revelada en las notas a los estados
financieros o presentada como información adicional, pero no reconocida en los
estados financieros.
AUDITORÍA
Y ASEGURAMIENTO INTERNACIONAL EN COLOMBIA
Sinopsis
NIA 540: Auditoría de estimaciones contables,
incluidas las de valor razonable, y de la información relacionada a revelar
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata
de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con las estimaciones
contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, y la
información relacionada a revelar, al realizar una auditoría de estados
financieros.
El objetivo del auditor
es obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que:
(a) las estimaciones contables,
incluidas las estimaciones contables del valor razonable, reconocidas o
reveladas en los estados financieros, son razonables; y
(b) la correspondiente información
revelada en los estados financieros es adecuada en el contexto del marco de
información financiera aplicable.
Dentro de los requerimientos de esta norma se
encuentran los procedimientos de valoración del riesgo y actividades
relacionadas, la Identificación y valoración del riesgo de incorrección
material. El auditor tomará acciones sobre la base de la valoración realizada
del riesgo de incorrección material, de igual manera desarrollará
procedimientos posteriores sustantivos para responder a los riesgos
significativos , evaluará si las estimaciones contables son razonables y
identificará indicadores de la existencia de posible sesgo de la dirección .
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